través de la Resolución 288/2020, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) informó que permitirá el movimiento de bovinos y bubalinos que hayan recibido solo la primera dosis de la vacunación contra la fiebre aftosa correspondiente a la actual campaña.
En dicha resolución se estableció que esta excepción será válida solo cuando los animales se destinen a establecimientos que tampoco hayan completado en su totalidad la vacunación.
En condiciones habituales, la normativa determina que todo bovino o bubalino que se movilice deberá haber sido vacunado en dos ocasiones contra la fiebre aftosa, en un plazo no mayor a 180 días desde la última dosis y no menor a 21 días entre ambas.
Vale destacar que esta excepción no es válida para aquellos bovinos y bubalinos que aún no hayan recibido la primera dosis de vacunación.