Por decisión política del Gobierno, la actividad primaria en su totalidad se encuentra exenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos e Impuesto de Sellos, sin otro requisito que el estar empadronado en el Registro de Productores Primarios de la ATP.
El administrador de la Administración Tributaria Provincial (ATP), Gustavo López Peña, se refirió a las bajas de retenciones de los derechos de exportación sobre determinados productos primarios, “así como la eliminación de estos derechos para las economías regionales”.
“Vimos como el Ministro de Economía de la Nación, trasladó hacia los gobernadores el gesto de bajar las cargas impositivas a la producción, específicamente en los que se refiere al impuesto sobre los ingresos brutos”, señaló.
Y agregó: “De acuerdo a distintos medios periodísticos, los gobernadores de Entre Ríos y Chubut, ya han anunciado, en el caso de Entre Ríos, la presentación en su legislatura de un proyecto de ley para bajar ingresos brutos y sellos al sector productivo, en tanto que, el mandatario de Chubut, anunció que eximirá de Ingresos Brutos y del Impuesto Inmobiliario Rural al sector productivo ganadero de la provincia del sur argentino”.
De esta manera, explicó que, en Formosa, “por decisión política de su Gobierno, la actividad primaria en su totalidad (agrícola, ganadera, forestal, etc), se encuentra exenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos e Impuesto de Sellos, sin otro requisito que el estar empadronado en el Registro de Productores Primarios de la ATP”.
“El beneficio tributario de la provincia de Formosa, resultaría en principio más abarcativo que el de la provincia del sur, que sólo se centraría en el sector ganadero”, señaló.
Y añadió: “En tanto, que la provincia mesopotámica, solo exime a aquellos productores agropecuarios y del sector primario en general, cuya facturación anual no supere los ocho millones de pesos, pasando dicho importe, los productores se encuentran alcanzados por Ingresos Brutos”.
Esta situación, aseveró el funcionario, no ocurre en Formosa ya que todos los productores (pequeños, medianos y grandes) son directamente beneficiados por las políticas tributarias de su Gobierno; “inclusive, un sector de los productores primarios, los paipperos, cuentan además con la exención de pago del Impuesto Inmobiliario Rural”.
En relación a este último impuesto, detalló, también por decisión política del gobernador Insfrán, las valuaciones fiscales que se toman como base imponible para liquidar el tributo, no sufren actualización alguna desde el período fiscal 2017.
“Es decir, por octavo año consecutivo, el Impuesto Inmobiliario Rural no sufre incremento alguno, procurando de esta manera que la carga impositiva del gravamen vinculado a los inmuebles donde la actividad primaria se realiza, sea la mínima y no incremente los costos de producción de los sujetos económicos”, cerró.