El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) aprobó el marco normativo para el empaque de frutas a campo mediante la Resolución 136/2026, publicada este 11 de febrero en el Boletín Oficial, con el objetivo de reforzar la trazabilidad, la inocuidad y la calidad de los productos frutícolas. La medida responde a una demanda del sector y comenzará a aplicarse, en una primera etapa, exclusivamente a la uva.
La norma define el concepto de empaque a campo como el proceso integrado de recolección, acondicionamiento, empacado e identificación de la fruta en el mismo predio donde se produce. A partir de ahora, los establecimientos que operen bajo esta modalidad deberán cumplir requisitos estructurales, sanitarios y documentales para obtener la correspondiente autorización.
Entre los puntos centrales, la resolución crea un registro de establecimientos de empaque a campo, obligatorio para quienes desarrollen estas tareas. La inscripción permitirá al organismo sanitario identificar a los operadores habilitados y fortalecer los controles sobre el origen y la manipulación de la mercadería.
El esquema se implementará de forma gradual y por producto. En esta primera fase, el alcance queda limitado a la uva, mientras que la eventual incorporación de otras frutas dependerá de evaluaciones técnicas y de las necesidades de cada región productiva.
Desde el punto de vista comercial, la formalización de esta práctica busca ordenar una operatoria que ya se realizaba en distintas economías regionales y que puede aportar eficiencia logística, siempre bajo estándares sanitarios claros. Con la publicación de la Resolución 136/2026, el SENASA establece un encuadre específico que combina simplificación operativa con exigencias de control y calidad en la cadena frutícola.