l objetivo es generar y promover políticas específicas para la cría o aprovechamiento de los guanacos, considerando esta actividad como un medio apropiado para la generación de fuentes de trabajo y actividad económica a nivel regional, que facilite la radicación de la población rural.
El proyecto destaca que “la ley provincial 6.599 establece la autorización del aprovechamiento económico de las especies Guanaco y Choique o Suri siempre y cuando este se funde sobre los principios de bienestar animal y manejo social y ecológicamente sustentable y en la medida que dicha actividad no genere daños, perjuicios o deterioro a las poblaciones naturales de la especie”.
La cría de guanacos en semicautividad surge como una opción para tener en cuenta. El objetivo central de la esquila en vivo es la conservación y uso sustentable del guanaco, con el propósito de obtener fibras naturales de alta calidad.
Durante los últimos cuatro años ha habido un marcado interés en el desarrollo de la cría de guanacos en cautiverio. En las provincias de Río Negro, Chubut y Santa Cruz se encuentran establecidos siete criaderos con al menos 1.200 guanacos en cautiverio.
La fibra de guanaco es un producto de aplicación textil y pertenece a las denominadas fibras especiales. Estas son obtenidas de animales distintos a la oveja, en general cabras y camélidos, como llama, alpaca, vicuña y guanaco. Ellas se destinan a la confección de prendas de alto valor. La Argentina tiene potencialidad para producir estas fibras en forma competitiva y en cantidades importantes para las economías regionales.
La fibra del guanaco puede obtenerse a partir de animales criados en cautiverio o bien del encierre y esquila de poblaciones silvestres. Ambas alternativas priorizan la conservación de la especie, cuya caza se encuentra prohibida a nivel mundial.
El sistema de esquila es similar al empleado para otras especies, no representa mayores complicaciones de manejo y, en particular, no provoca mortandad en los ejemplares. Las patas de los guanacos poseen almohadilladas y pezuñas divergentes. Esto, precisamente, no provoca erosión en los suelos desérticos o semidesérticos. Además, cada animal dispone de medio kilo anual de fibra para la exportación a países como Italia, Perú, Canadá e Inglaterra.
La finalidad es obtener una producción comercializable de su fibra y la elaboración de productos industriales o artesanales derivados, quedando prohibida su caza.
Además, se plantea crear un registro de tenedores autorizando hasta 20 ejemplares por criadero.
También se plantea que 1 de cada 3 crías se deberá destinar a un banco de animales para futuros beneficiarios, además de una línea de financiamiento para quienes deseen volcarse a la propuesta.
Diario San Rafael