Tal como transmitieron desde el Senasa, desde el próximo 6 de mayo será obligatorio el cierre de los Documentos de Tránsito Electrónicos (DT-e); estos avalan el traslado de los animales con destino a faena hasta los establecimientos.
El tiempo de validez dependerá de la distancia del traslado y según se haya emitido por autogestión del productor o en una oficina del Senasa.
Una vez ingresado el animal en los establecimientos de faena, las empresas dan cierre a los DT-e en el sistema SIGICA del Senasa o en el ISF de los establecimientos provinciales o municipales; en el cierre se deberá reportar tanto la recepción de los animales como el no arribo de los mismos.
Si no se cierran los documentos, se pasará al estado “vencido” y las empresas serán notificadas; tendrán tres días corridos para dar el cierre antes de pasar al estado de “caducado”. Llegada esta instancia, la entidad bloqueará de forma automática la emisión de nuevos DT-e al establecimiento. No obstante, una vez cerradas las tareas pendientes, el desbloqueo se produce de forma automática.
En caso de que los animales no arriben al destino, se producirá el bloqueo del establecimiento de origen en el RENSPA, por lo cual no podrá emitir nuevos documentos hasta no haber presentado el descargo.