i sos propietario de un transporte de traslado de productos, subproductos y derivados de origen animal, necesitás la tarjeta de habilitación de Senasa.
Personas físicas o jurídicas que quieran transportar productos, subproductos y derivados de origen animal.
Cédula verde o título de propiedad.
Nota: Si la habilitación es a nombre de otra persona distinta al titular del vehículo, deben hacer un comodato de uso.
Características físicas del vehículo (carrocería o caja, fija o móvil, contenedor, camión playo, semi-remolque, cisterna, bodega, vagón u otro), número de dominio si correspondiera, nombre, documento de identidad y domicilio del titular.
5 (cinco) fotos del vehículo (frente, atrás, laterales y adentro). Se aceptan en formato digital.
Constancia de CUIT vigente del titular.
A) Isotérmico con equipo mecánico de frío. Comprende a la categoría A de transporte definida en Numeral 28.3 (Decreto N° 4238/1968).
Comprende a las Categorías B y C definidas en el Numeral 28.3 (Decreto N° 4238/1968).
1 Comunicate con los Centros Regionales y Oficinas locales autorizados correspondiente para acordar lugar, día, y horario en que se iniciará el trámite de habilitación del vehículo.
2 Presentá la documentación en los Centros Regionales y Oficinas locales autorizados.
3 Se realiza por parte del Senasa una inspección en el lugar.
Nota: Solicitá la inspección del transporte ante un Inspector Veterinario de un establecimiento habilitado para tránsito federal.
4 Aboná el arancel de habilitación y permanencia en los registros que fije el Senasa y corresponda según la categoría del vehículo. Ver medios de pago habilitados de Senasa.
5 Obtenés la tarjeta de habilitación de transporte.
Los medios de transporte habilitados tienen que exhibir en el exterior, en la parte posterior y en ambos laterales de la caja, contenedor o cisterna, en forma bien legible, en letras y números arábigos de una altura no inferior a ocho (8) centímetros, la siguiente leyenda:
TRANSPORTE DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS – SENASA Nº................. (donde se consignará el número de inscripción otorgado por el SENASA – Numeral 28. 8 del Decreto N° 4238/1968)
En el caso de tratarse de vehículos para transportar subproductos incomestibles, la leyenda a utilizarse será:
TRANSPORTE DE SUBPRODUCTOS INCOMESTIBLES – SENASA Nº..............
Dirección de Inocuidad de Productos de Origen Animal
Av. Paseo Colón N° 367, Piso 5° frente, C1063ACD, CABA
Teléfono: (+54 - 11) 4121-5155 / 5156
Correo electrónico: [email protected]
Resolución ex SENASA Nº 745/1993, incorporada al Capítulo XXVIII del Decreto N° 4238/1968.
$1500.00
Habilitación de transporte.
Vigencia: 1 (un) año.
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