i transportás alguno de estos, tenés la obligación de emitir el correspondiente DTV-e. Del mismo modo, quien reciba la mercadería, deberá cerrar el DTV-e que la acompaña. Todo el procedimiento se realiza por autogestión ante el Senasa.
Actualmente, el uso del DTV-e es obligatorio para los siguientes productos:
Berries (arándano, frambuesa).
Cítricos (bergamota, cidra, kumquat, lima, limón, mandarina, mineola, naranja, naranja amarga, quinoto, tangelo, tangor y pomelo).
Frutas tropicales (carambola, chirimoya, granada, guayaba, falsa guayaba, kaki, litchi, mango, maracuyá, níspero, papaya —mamón— y pasionaria).
Frutales de pepita y carozo (cereza, ciruela, damasco, durazno, manzana, membrillo, nectarina —pelón— y pera).
Otras frutas (higo, kiwi, olivo, tuna, vid y palta —excepto var. Hass—).
Algunas hortalizas pesadas (ajo, batata, cebolla, papa y tubérculos indígenas).
Otras hortalizas (pimiento, pepino dulce, tomate de árbol —no se refiere a pepino ni a tomate común—).
Guinda y frutos secos (nuez, almendra, avellana, castaña, nuez de pecán), únicamente para egreso de región protegida patagónica.
Todo tipo de material de propagación, micropropagación y/o multiplicación vegetal (plantas, plantines, injertos, yemas, estacas, barbados, tubérculos, etc., a excepción de “Semillas botánicas”).
Algodón (todos los productos y subproductos).
Los productos vegetales no alcanzados por la norma no deben llevar DTV-e, asimismo deben transitar con el Remito o Guía Frutihortícola de la AFIP. "En el caso de ingresar a la región patagónica,
deberán hacerlo utilizando la Declaración jurada de productos y subproductos de origen vegetal".
Toda persona que envíe o reciba productos de origen vegetal que hagan tránsito federal, regional y local dentro de la República Argentina.
Computadora con acceso a Internet.
Clave fiscal tramitada en la AFIP.
Estar debidamente registrado y tener la habilitación al día, en el registro en el Senasa que corresponda (Renspa para productores, Renfo para viveristas, de cámaras de frío, de empaques, de cámaras de tratamiento cuarentenario, de mercados y sus puesteros, de centros de reexpedición, de depósitos, de importadores y exportadores, de industrias, de acopiadores o de minoristas).
Tener agregado como servicio en la AFIP el sistema Sig-DTV (Sistema Integrado de Gestión del Documento de Tránsito Vegetal) del Senasa.
No poseer deudas en el sistema Sigad (Sistema Integrado de Gestión de Administración de Senasa).
Haber cerrado correctamente todos los DTV-e recibidos en tu establecimiento.
- Si sos productor frutícola tenés que cumplir con las buenas prácticas agrícolas.
1 Se tramita por autogestión, las 24 hs, a través del Sig-DTV (sistema integrado de gestión de documentos de tránsito vegetal), o en una oficina del Senasa autorizada, en su horario de atención.
Se emite en el mismo momento de despachar la carga o por anticipado, con fecha de emisión diferida. En este último caso el DTV-e podrá ser utilizado siempre a partir del momento de emisión consignado en el documento. En caso de no usarlo, el solicitante deberá anularlo antes de la fecha de vencimiento.
Junto con el DTV-e, el sistema emite tres constancias. La primera, para el emisor, la debe firmar el transportista; la segunda, para el transportista, la debe firmar el destinatario, y la tercera, únicamente en los casos que se solicita la emisión del DTV-e en una oficina del Senasa, la debe firmar el solicitante y la debe conservar el agente de Senasa que realizó el trámite a pedido.
2 Tránsito: El DTV-e deberá acompañar la carga en todo momento, desde que sale del establecimiento de procedencia hasta que llega a su destino. Todos los datos deben estar completos al momento de trasladar la mercadería.
3 Cierre: Si sos destinatario de la carga tenés la obligación de cerrar el DTV-e que la acompañó, en un plazo de 5 (cinco) días. El cierre se hace a través del Sig-DTV (Sistema Integrado de Gestión de Documentos de Tránsito Vegetal) y requiere el “Código de cierre” que figura únicamente en el DTV-e original.
4 Anulación: Si emitiste un DTV-e en forma errónea o no lo utilizaste, debés anularlo a través del Sig-DTV (Sistema Integrado de Gestión de Documentos de Tránsito Vegetal), antes de la fecha de vencimiento. Una vez vencido, el DTV-e no puede modificarse.
5 Opción “Sin Arribo”: Si encontrás en tu cuenta de Sig-DTV un documento emitido hacia tu establecimiento y no poseés vínculos con ese emisor, debés indicar el estado “Sin Arribo” de ese movimiento. De este modo, quien ha emitido ese DTV-e deberá, luego, realizar un descargo de las causas que motivaron el error.
6 Presencial: Acercate a la Oficina del Senasa autorizadas de lunes a viernes de 8 a 14.
7 Aboná el arancel que corresponda: ver los medios de pagos habilitados del Senasa.
8 Papa semilla: A partir del 5 de marzo de 2020, el Senasa y el INASE unificaron sus documentos para la gestión del traslado de papa semilla. Ver instructivo en las Descargas.
Dirección Nacional de Protección Vegetal
Dirección de Información Estratégica Fitosanitaria
Teléfono/Fax.: (+54 - 11) 4121-5000 int. 6094 / 6993
Correo electrónico: [email protected]
Horario de atención telefónica: de lunes a viernes de 8 a 13 y de 14 a 16.
Preguntas frecuentes
Resolución Senasa Nº 31/2015
Resolución AFIP N° 4297/2018
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
La emisión de DTV-e es GRATUITA, excepto para el transporte de semilla, grano, fibra, fibrilla y linter de algodón cuyo arancel es $300, por cada DTV-e.
Importante: Consultar los aranceles que perciben la Fundación Barrera Patagónica (Funbapa) según Resolución Senasa N° 448/2016 y la Asociación Fitosanitaria del Noroeste Argentino (AFINOA) por el egreso de fruta de las respectivas regiones. Estos aranceles no los percibe el Senasa, pero sí se recaudan a través del Sig-DTV.
Vigencia: El DTV-e tiene un plazo de vigencia establecido, específico por producto y por tipo de movimiento. Solamente podrá ser utilizado dentro de este plazo.
Archivo de documentación: Tanto los DTV-e recibidos como las constancias mencionadas más arriba deben conservarse durante tres años a partir de la fecha de su emisión.
¿Cómo se puede constatar la autenticidad de un DTV?: Cualquier ciudadano puede comprobar la autenticidad de un DTV-e utilizando el Código Único de Validación Electrónica (CUVE), que aparece impreso en el propio documento. La consulta puede efectuarse por medio de la página web del Senasa o llamando al 0800-999-7362.
Registro de transporte vegetal: El Senasa no posee, a la fecha, registro de transportes de cargas vegetales.
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