Agro Alimentos / Certificación de Alimentos

Costa Rica, Normas de etiquetado

El sector alimentario cuenta con una serie de reglamentos técnicos que regulan el etiquetado de los mismos

Costa Rica, Normas de etiquetado
sábado 04 de julio de 2020

Los reglamentos son:

  • La Ley N° 5292 adopta como obligatorio el Sistema Internacional de Medidas (SI), el cual debe ser utilizado en el etiquetado de los productos alimenticios preempacados.
  • El Decreto Ejecutivo Nº 37294 COMEX-MEIC-S establece los requerimientos para el etiquetado de los aditivos alimentarios que se venden como tales.
  • El Decreto Ejecutivo N° 33371 COMEX-MEIC-S establece el procedimiento para la determinación del contenido neto de los productos preempacados, aplicable a los alimentos.
  • El Decreto Ejecutivo N°-37280 establece los requerimientos para el etiquetado de los alimentos preenvasados.
  • El Decreto Ejecutivo N° 36463 COMEX-MEIC-S establece el sistema de Unidades Legales de Medida, que se deben utilizar en la expresión de cantidades así como del contenido neto y escurrido de los alimentos preenvasados.
  • El Decreto Ejecutivo N° 37100-COMEX-MEIC-S establece los requerimientos para el etiquetado nutricional de los alimentos preenvasados.

Más información: https://www.ministeriodesalud.go.cr/index.php/tramites-ms/registro-de-productos-de-interes-sanitario-ms?id=635

 

Empaque y Rótulo

Según el reglamento de Costa Rica, todo producto distribuido debe contar con los siguientes aspectos:

  • Nombre del alimento: debe indicar la verdadera naturaleza del alimento.
  • Lista de ingredientes: enlistar todos los ingredientes por orden decreciente
  • Contenido neto y peso escurrido: en volumen, para los alimentos líquidos; en peso, para los alimentos sólidos; en peso o volumen, para los alimentos semisólidos o viscosos.
  • Registro Sanitario del Producto: se podrá utilizar la frase “Registro Sanitario” y abreviaturas como Reg. San., RS, entre otras.
  • Nombre y dirección: del exportador para los productos nacionales
  • País de origen del alimento
  • Identificación del lote
  • Fecha de vencimiento e instrucciones para la conservación.

A continuación se muestra un ejemplo de la etiqueta de un producto:

Según este decreto, el marcado de la fecha de vencimiento solo admite ciertas frases o abreviaturas entre ellas están:

  • Fecha de vencimiento.
  • Consumirse antes de
  • Vence
  • Fecha de caducidad
  • Expira el
  • EXP

O cualquier otra frase que indique claramente al consumidor la fecha de vencimiento del producto.

 

Más información en:

  • Ministerio de Hacienda de Costa Rica

http://www.hacienda.go.cr/contenido/13227-informacion-de-interes-para-tramites-aduaneros

 

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