República de la India, tratamiento arancelario

India y Mercosur tienen un acuerdo preferencial de comercio (APC) que entró en vigencia en junio de 2009

República de la India, tratamiento arancelario
domingo 05 de julio de 2020

Derecho de importación básico

Es el arancel básico (o Basic Duty o Most Favoured Nation MFN Duty) que se aplica sobre el valor CIF de la mercadería, más el 1% sobre el concepto de costo de desembarque. Como resultado del acuerdo preferencial vigente entre la India y el MERCOSUR, el bloque puede ingresar un listado de 450 productos con preferencias del 10%, 20% ó 100%, según sea el ítem exportado.

Entre los principales productos que aparecen en la lista de la oferta India son carne y productos cárnicos. Los principales grupos de productos alimenticios en la lista de la oferta del MERCOSUR son preparaciones alimenticias y aceites esenciales.

 

Derechos compensatorios

Este gravamen, conocido como Countervailing Duty (CVD), es equivalente al impuesto interno al consumo, cuya tasa es del 14% y se calcula sobre la sumatoria del valor de la mercadería desembarcada con los derechos de aduanas básicos. Sin embargo, para la mayor parte de los bienes de consumo destinados para la venta al por menor, el impuesto se determina sobre la base del precio de venta máximo (MRP o PVM), impreso en el envase. El gobierno indio ha determinado en septiembre de 2007 la exención del pago del CVD a toda importación que sea destinada a su comercialización en el país. El importador deberá pagarlo y luego reclamar el reintegro debido.

 

Derecho de importación adicional

(Special Countervailing Duty - Spl. CVD): Este derecho, es aplicado adicionalmente sobre ciertos bienes específicos. Algunos productos están afectados de acuerdo a su época de importación. La tasa de este impuesto es del 4% y se abona como el impuesto a las ventas de las mercaderías.

 

Otros derechos

El Education Cess – EC (Customs Education Cess): Es una tasa del 3%, que se aplica sobre la sumatoria de otros impuestos aduaneros; aunque no a todos los productos importados.

 

Impuestos internos

El sistema impositivo indio es complejo, contiene una multiplicidad de tasas y autoridades competentes intervinientes. El país está implementando progresivamente un impuesto único sobre el valor agregado o IVA (VAT), para sustituir a dos impuestos: el central sales tax y el service tax. El gobierno estableció que mientras los Estados van cumpliendo con la adopción del nuevo VAT, se unifica el sistema impositivo indio disminuyendo progresivamente el sales tax, hasta que éste desaparezca.

 

Impuesto al valor agregado

El nuevo impuesto al valor agregado (VAT) es un impuesto indirecto con una tasa general del 12,5%. Posee tasas reducidas: una del 4% para los productos considerados esenciales (farmacéuticos y agrícolas) y para los bienes de capital y otra del 1% para piedras preciosas y ornamentos de oro y plata. - Hay dos tipos de sales tax:

  • El central sales tax, es recaudado por el gobierno central, cuando se realizan transacciones entre Estados o de comercio exterior;
  • El state sales tax, corresponde a cada Estado, al efectuarse una venta dentro del mismo. Adicionalmente al VAT, debe pagarse -en cada transacción realizada en el país, entre Estados o en una operación de importación o exportación- el central sales tax (CST). Éste posee una tasa del 2%, que se debe aplicar sobre el monto de la factura mayorista.

 

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