La Ley de Góndolas, aprobada por la Honorable Cámara de Diputados de la Nación en las últimas semanas, generó grandes dudas en el sector supermercadista, que alega que la norma podría generar huecos sensibles en determinadas categorías y deteriorar el desarrollo de las marcas propias. El dictamen busca potenciar la competencia entre proveedores y desarmar las posiciones dominantes de ciertas empresas, aunque por ahora no establece un camino claro.
A continuación, te detallamos ocho puntos esenciales para tratar de entenderla:
1) ¿Podrá cumplirse en todas las categorías? Parece difícil, sobre todo en algunas específicas como las cervezas. Actualmente, existen dos jugadores en el tablero: Quilmes y CCU Argentina, que controlan más del 98% de las ventas. Mediante la nueva ley, cada una de las empresas debería cubrir un máximo del 30% por góndola en los supermercados, dejando un margen del 40% para otras compañías y firmas artesanales.
2) ¿Rige para los “supermercados chinos”? Por ahora, no. La normativa establece que las nuevas regulaciones abarcan a las cadenas con una facturación superior a los 170 millones de pesos o que dispongan más de 325 empleados. Con este panorama, su alcance se limitaría a las grandes empresas que operan a nivel nacional, como Cencosud (Jumbo, Disco y VEA), Carrefour, Walmart, La Anónima, Coto y Día; y otras compañías regionales como Cooperativa Obrera de Bahía Blanca, Todo (Bariloche) o California (Misiones).
Así, quedaría excluido el canal tradicional integrado por almacenes, autoservicios chinos y negocios independientes de cada barrio. No es un dato menor, ya que este medio representa el 70% del consumo de alimentos, bebidas y artículos para el cuidado del hogar.
3) ¿Tiene alcance mayorista? Sí, debido a que no establece diferenciaciones entre minoristas y mayoristas, y solo excluye pequeños comercios. En un principio, alcanzaría cadenas como Maxiconsumo, Vital, Diarco y Yaguar.
4) ¿Cómo va a distribuirse el lugar que ocupan los proveedores en las góndolas? La ley regula prácticas habituales en el rubro como la venta de “puntas de góndola”, con los descuentos que les piden las cadenas a los proveedores a cambio de la mejor ubicación, y establece que los productos de menor precio adquieran un espacio de mayor notoriedad.
5) ¿Abarca las marcas propias de los supermercados? Es un punto que no está del todo claro. Por el momento, el dictamen habla de fijar un límite del 30% a la exhibición por “grupo empresario”, sin determinar si tal grupo corresponde al fabricante o la cadena que lo compra y vende con su marca. De todas formas, no son demasiados los casos de marcas propias con notable participación en el mercado. En este sentido, la cadena que podría sufrir mayores consecuencias es Día, que desde su creación viene apostando fuerte a sus propios productos.
6) ¿Qué sucederá con los productos importados? No se sabe muy bien, aunque en el artículo 7 se establece que la exhibición de artículos importados estará regulada en función de la capacidad de la industria nacional de satisfacer la demanda.
7) ¿Cómo se manejarán los exhibidores pegados a las cajas? Tradicionalmente, los comercios firman un contrato con ciertos proveedores para colocar sus productos en exhibidores cercanos a la caja de pagos. Este tipo de propuestas –asociadas al consumo impulsivo de último momento– representa una gran estrategia de marketing para varias marcas. La nueva ley fija que al menos la mitad de los productos que se ubiquen en las góndolas vecinas a la caja pertenezcan a pymes inscriptas en el registro MiPyMES o estén elaborados por empresas cooperativas.
8) El límite del 30%, ¿rige para heladeras exclusivas de gaseosas o cervezas? Es muy común que grandes empresas como Coca-Cola, Pepsi, Quilmes y CCU dispongan de heladeras propias donde solo se exhiben sus productos. Aún no se sabe si la ley generará alguna restricción al respecto.