n la Argentina, pocas empresas –la gran mayoría por falta de conocimiento– invierten recursos para entender cómo el cumplimiento normativo en materia de sanciones económicas y controles a la exportación afecta sus operaciones diarias. Así lo sostiene Mariela Melhem, socia del área Corporativa y Cumplimiento de Mitrani Caballero & Ruíz Moreno.
“Sin embargo, las empresas están empezando a advertir la necesidad de analizar el nivel de exposición de riesgos de incumplimiento en virtud de las operaciones y actividades”, sostiene Melhem, y agrega que –en gran parte– están motivados por las exigencias de los bancos y contrapartes contractuales.
“Tener un programa de cumplimiento en materia de sanciones y controles a la exportación no es un requisito obligatorio pero ciertamente es un mitigante de responsabilidad”, afirma.
El socio de BDO, Carlos Rozen, da a conocer algunas lecciones aprendidas y consejos: conocer los productos que se manejan, su destino y sus regulaciones asociadas con precisión quirúrgica. “Es esencial incorporar elementos clasificatorios y de orden de los bienes en todas las fases de los procesos, comprender el rol que se asume y las responsabilidades asociadas. Siempre es más barato utilizar controles preventivos que pagar las consecuencias en multas y pérdida de beneficios”, dice.
También recomienda no cometer errores en la clasificación arancelaria de los bienes, no descuidar ni confundir el origen de los bienes, y menos aun cuando esta condición está certificada. “El mundo se ha tornado muy exigente con temas relativos a la veracidad de su procedencia”, afirma.
“También es importante que las organizaciones tengan gran parte del conocimiento in house. Delegar todo al despachante de aduana puede ser cómodo pero también riesgoso”, concluye.