inalmente, el Gobierno formalizó el esquema de retenciones a la actividad agropecuaria. A continuación, detallamos cómo quedaron establecidas las alícuotas a los principales cultivos agrícolas:
Tal como se preveía, los derechos de exportación a la soja, tanto al grano como a sus subproductos, aumentaron un 3%, por lo que ahora los productores deberán pagar un 33%.
Las retenciones al grano se mantuvieron en un 12%. La buena noticia para los productores es que disminuyó un 2% el derecho a la exportación de harinas y aceites derivados del trigo, por lo que ahora deberán abonar solo un 7%.
El girasol es uno de los cultivos más beneficiados con el nuevo esquema de retenciones. El derecho a la exportación del grano disminuyó un 5%, por lo que ahora se abona un 7%; mientras que las alícuotas del confitero y los aceites se redujeron de 12% a 5%.
El sorgo fue el único de los principales cultivos agrícolas que no presentó modificaciones ni en las retenciones al grano ni a las harinas. De esta manera, las mismas siguen siendo del 12% para el grano y del 5% para las harinas.
El maíz no percibió cambios en los derechos de exportación del grano, que se mantuvo en 12%. No obstante, si disminuyeron las alícuotas al maíz pisingallo, a las harinas y a flint envasado: los dos primeros bajaron del 9% al 5%, mientras que el último pasó del 12% al 5%.
Las retenciones al arroz pulido disminuyeron un 4%, por lo que se debe abonar solo un 5%. La alícuota del paddy, en tanto, bajó del 12% al 6%.