Las Uniones Industriales del NOA y NEA rechazan la Ley de Etiquetado Frontal de Alimentos

Yerbateros y azucareros nucleados en UNINOA expusieron sus argumentos a través de un contundente comunicado

Las Uniones Industriales del NOA y NEA rechazan la Ley de Etiquetado Frontal de Alimentos

Las Uniones Industriales del NOA y del NEA manifiestan su rechazo a la Ley de alimentación  saludable (etiquetado frontal) sancionada el pasado 26 de octubre por el Congreso  Nacional.  

El noble propósito de introducir un etiquetado de advertencia en los envases de alimentos  para prevenir y combatir las Enfermedades No Transmisibles (ENT) incluye consigo  aspectos muy cuestionables. Estos aspectos fueron informados e ignorados por los  Senadores y Diputados que votaron la Ley. 

 

1. Esta Ley avasalla las autonomías de las Provincias. Según la Constitución Nacional son las  Provincias las que deben legislar en materia de alimentación. Por esa razón, existe la CONAL  (Comisión Nacional de Alimentos), único órgano competente en el tema y donde se deben  tomar las decisiones por unanimidad. La CONAL tiene avanzado un proyecto de etiquetado  frontal de alimentos con acuerdo de las Provincias y el Gobierno Nacional.  

 

2. Esta Ley impide lograr una norma armonizada en el MERCOSUR, como es la que rige  actualmente. A pesar de haber sido un pedido expreso de la Cancillería Argentina ante las  comisiones de Diputados. Esta omisión es un claro perjuicio para la industria argentina,  porque los países del bloque son el principal destino de los alimentos que se exportan. 

 

3. Esta Ley implica una resignación de la soberanía nacional al haber adoptado el perfil de  nutrientes de la OPS, así identificado en el texto legal, ya que la Argentina no podría  rectificarlo ante evidencias futuras que recomienden su revisión. Tendrá que pedirle a la  OPS que lo haga. 


4. Es una norma parcial, porque el sello de advertencia no alcanza a productos que causan  ENT según la OMS, como las bebidas alcohólicas y las harinas.  

 

5..Propicia la sustitución de un alimento natural como el azúcar por los edulcorantes  sintéticos, artificiales, todos importados, algunos prohibidos en otros países, que sólo  tendrán una leyenda en lugar de un octógono de exceso a la Ingesta Diaria Admitida de  cada uno de ellos. 

 

6. Es una norma que atenta y demoniza al sector azucarero, principal actividad económico- productiva del norte argentino, que actualmente emplea a más de 60.000 personas en  forma directa y 170.000 indirectas. 

 

Reconocemos la comprensión de los Senadores y Diputados Nacionales que, con su  disenso, se hicieron eco de los aportes de entidades científicas, profesionales, productivas  e industriales para que el país tenga una ley de etiquetado eficaz para una alimentación  saludable y desarrollo socio-económico en nuestro país y la región. 

 

UNINOA 

Uniones Industriales de Salta, Jujuy, Tucumán, Catamarca, La Rioja, Santiago del Estero, Misiones, Corrientes, Chaco y Formosa


 

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