Los precios fijados por el directorio del Instituto Forestal Provincial, para la materia prima forestal en Misiones, se encuentran en plena vigencia tras ser publicados en el Boletín Oficial de la provincia número 15863:
INSTITUTO FORESTAL DE MISIONES
RESOLUCIÓN Nº 1
POSADAS, 27 de Abril de 2.023.-
VISTO: Lo estatuido por la Ley XVI – N° 120, su Decreto Reglamentario N° 775/2.020; y,
CONSIDERANDO:
QUE, El INFOPRO, actúa como un paradigmático ejemplo de la gobernanza, con acciones de colaboración y cooperación como principios rectores, articulándose los sectores público y privado, y fundamentalmente interviniendo todos los actores que se encuentran involucrados en el desarrollo de los productos forestales;
QUE, se han fijado los precios de contado por tonelada más IVA de rollos “raleo” pulpable, y del chip pulpable, ambos puestos en fábrica y del precio de contado por tonelada MÁS IVA puesto en camión de madera rolliza de las especies:
Pinus sp, Araucaria y Eucaliptus -podados y no podados;
QUE, en ese sentido, se ha tenido presente la pauta establecida por el Art. 8° del Decreto Reglamentario N° 775/2.020,
que precisa notoriamente que el precio no podrá ser inferior al importe que resulte necesario para desarrollar la actividad productiva;
QUE, habiéndose cumplido los procedimientos legales, en consonancia con lo establecido por la normativa, y no existiendo objeciones legales que formular, se torna necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO:
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO FORESTAL DE MISIONES
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE, en todas sus partes el Acta de Directorio N° 18/2023.-
ARTÍCULO 2º.- ESTABLÉCENSE los precios de contado de los rollos “raleo” pulpable, de la tonelada -MÁS IVA, puesto en fábrica en PESOS SEIS MIL CINCUENTA Y OCHO ($ 6.058), con actualización mensual del IPIM DEL INDEC, consecutiva hasta el mes de Octubre del corriente año. Y El precio contado de la tonelada MAS IVA, del chip pulpable puesto en fábrica en PESOS SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y TRES CON 80 CVOS. ($ 6.663,80), con actualización mensual del IPIM DEL INDEC, consecutiva hasta el mes de Octubre del corriente año.-
ARTÍCULO 3°.- ESTABLÉCENSE los precios de contado por tonelada MÁS IVA, puesto en camión de madera rolliza de las especies: Pinus sp, Araucaria y Eucaliptus -podados y no podados-, con actualización mensual del IPIM DEL INDEC, consecutiva hasta el mes de octubre del corriente año.-
ARTÍCULO 4°.- REGÍSTRESE COMUNÍQUESE AL PODER EJECUTIVO PROVINCIAL. COMUNÍQUESE.
PUBLÍQUESE EN EL BOLETÍN OFICIAL DE MISIONES.- Dése difusión. Entréguese copia de la presente a los interesados que lo requieran. Cumplido, ARCHÍVESE.-
ESCALADA – Garde – Glesmann – Manfredo – Da Cuñha – Costas – Rizko – Rojas
Argentina Forestal