A través del Decreto 377/2023, el Gobierno estableció un impuesto del 7,5% que se aplicará sobre el tipo de cambio que se usa para las importaciones.
La norma precisa que no se grava la importación de los bienes y servicios sino la compra de billetes para hacer esa operación, ya que quien tenga dólares podrá utilizarlos sin pagar este impuesto. Cabe aclarar también que el impuesto PAIS para importaciones lo perciben los bancos al momento de que los importadores acceden al Mercado Libre de Cambios.
En los últimos dos años, solo en fertilizantes, se usaron US$1500 millones para pagar importaciones.
Las importaciones de bienes que quedarán excentas del impuesto PAIS sobre el tipo de cambio son medicamentos y material para combatir el fuego, combustibles, lubricantes, vinculados a la generación de energía, y a la cadena de componentes de la canasta básica alimentaria.
Asimismo, no se aplica el impuesto a las importaciones temporales (como automotriz o el sector agrícola) siempre y cuando la venta del producto terminado sea previa a la compra del insumo. Por ejemplo, se tendrá que vender la camioneta antes de comprar las baterías.
En el artículo 5 se establece una modificación en la recaudación incremental del impuesto, que se destinará en un 65% al financiamiento de programas a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) y el 5% al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (Inssjp, más conocido como PAMI), quedando el 30% restante sin cambios para el Fondo de Integración Socio Urbana (FISU).
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