Para establecer la misma la cartera indicó que entre los principios básicos para la administración de los recursos biológicos del medio acuático el lograr un manejo adecuado de los mismos, contemplando a su vez los recaudos pertinentes para el otorgamiento de las correspondientes habilitaciones para su ejercicio en todas sus etapas, a aquellos administrados que cumplan con los requisitos establecidos por la normativa vigente.
A los fines de la protección y conservación de los recursos, que la Autoridad de Aplicación establece periódicamente y sobre la base de investigaciones realizadas o información resultante de la actividad pesquera comercial, la captura máxima permisible por especie y las artes de pesca, métodos y sistemas de pesca utilizables, pudiendo además establecer épocas y lugares de veda, zonas de reserva, cupos de apropiación, delimitación de las pesquerías y condiciones para las actividades de explotación, tal como lo indican las leyes vigentes.
El Ministerio recordó que la Ley Nro. 15.477 establece que corresponde en particular al Ministerio de Desarrollo Agrario entender en la promoción, fiscalización y regulación del sector pesquero, siendo así la Autoridad de Aplicación de la Ley N° 11.477 y que en ese marco, a través de las resoluciones correspondientes, se estableció la apertura del Registro de solicitudes de interesados en obtener permisos o autorizaciones fluviales de pesca para la zafra de la especie Corvina Rubia (Micropogonias furnieri) y las especies acompañantes del variado costero, en la zona comprendida entre el límite exterior del Río de la Plata y el límite interior del mismo, para el año 2023.
Esas Resoluciones determinaron las pautas funcionales para el desarrollo de la zafra de la especie Corvina Rubia (Micropogonias furnieri) y sus especies acompañantes en aguas fluviales, así como también las condiciones que deben cumplimentar aquellos beneficiarios de los permisos comerciales y autorizaciones de pesca artesanal fluvial para la explotación de tal especie y sus acompañantes, para tal año.
La autoridad ya había establecido que la apertura de la zafra 2023 para la especie Corvina Rubia (Micropogonias furnieri) y acompañantes del variado costero, entre el límite exterior del Río de La Plata y el límite interior del mismo, a partir de las 00:00 horas del día 2 de junio de 2023, con carácter temporal, precautorio y adaptativo.
Como consecuencia de esas determinaciones, se procedió al otorgamiento de los permisos y las autorizaciones de pesca fluvial para la zafra de la especie Corvina Rubia y acompañantes, en el área comprendida entre Punta Rasa (límite exterior del Río de La Plata) y aguas interiores del Río de La Plata, previendo respecto de los permisionarios de las embarcaciones autorizadas el deber de llevar personal como observador a bordo cuando la Autoridad de Aplicación lo requiera, con el objeto de recabar mayor información que permita el seguimiento del estado y composición del recurso pesquero, como así también la distribución de las tallas de las capturas obtenidas.
Por ello se estableció que el cierre, total o parcial, de la zafra se realizaría conforme al estado del recurso o por haberse alcanzado la captura máxima permisible establecida por la Resolución Conjunta N° 1/2022 dictada por la Comisión Administradora del Río de la Plata y la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo.
Asimismo consideró para la nueva Resolución el informe técnico elaborado por la Dirección de Actividades Pesqueras y Acuicultura, relativo al recurso pesquero Corvina rubia (Micropogonias furnieri) en el área comprendida entre Punta Rasa límite exterior del Río de La Plata y aguas interiores del Río de La Plata, donde se indica que del análisis de los datos del Sistema Federal de Información de Pesca y Acuicultura (SiFIPA), de donde se obtuvo información de los Partes de Pesca Electrónicos (PPE) declarados por los pescadores durante todo el año 2023, se concluye que la captura total declarada de la especie no excede el límite de captura total permisible de 21.000 toneladas establecido para la Argentina en la Resolución Conjunta N° 1/22.
De acuerdo al análisis, la Dirección Provincial de Pesca, mediante un informe técnico, entiende que existe la necesidad de arbitrar medidas de ordenamiento y manejo pesquero de la especie, recomendando en consecuencia establecer el cierre de la zafra 2023 para la especie Corvina Rubia (Micropogonias furnieri) y acompañantes del variado costero a partir de la firma del acto administrativo que así lo disponga.
Entre los considerando señala la Resolución que ha considerado que es durante el periodo de zafra invernal cuando se ejerce la mayor presión pesquera sobre recurso dentro del área del Tratado, y que estudios científicos sostienen que el stock rioplatense ingresa en la época de mayor desove durante el periodo estival, por lo que el cierre de la zafra de Corvina Rubia permite disminuir la presión pesquera sobre el recurso en el área afectada.
Como resorte de su competencia, la Subsecretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca compartiendo el criterio esgrimido por la Dirección Provincial de Pesca y propiciando el dictado de la medida es que procedió al cierre de la zafra 2023 para la especie Corvina Rubia (Micropogonias furnieri) y acompañantes entre el límite exterior del Río de La Plata y el límite interior del mismo.
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