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CRA sugiere varias medidas impositivas para proteger al campo

Lo hizo mediante una carta enviada al ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, Luis Basterra, y al de Economía, Martín Guzmán

CRA sugiere varias medidas impositivas para proteger al campo
jueves 02 de abril de 2020
A

nte la emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus, desde Confederaciones Rurales Argentinas (CRA) le propusieron al Gobierno una serie de medidas impositivas para proteger al campo.

La entidad, integrante de la Mesa de Enlace, le envió una carta con las sugerencias tanto al ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, Luis Basterra, como al de Economía, Martín Guzmán. Las medidas son las siguientes:

- Postergación de los vencimientos impositivos y previsionales de Nación, provincias y municipios hasta el 31 de julio, con condonación de intereses y sanciones.

- Ampliación del alcance de la actual moratoria a todos los contribuyentes (no solo para las pymes), extendiendo el plazo a las deudas vencidas al 31 de marzo próximo.

- Modificación del calendario de consolidación del plan de pagos (moratoria) según RG AFIP 4667/2020 (hasta marzo permite 120 cuotas y en abril 90 cuotas). El Decreto 316/2020 solo se refiere al plazo de vencimiento final de la moratoria que era en abril de 2020.

- Deducción especial en el Impuesto a las Ganancias de los sueldos totales abonados, equivalentes a: a) 300% para empresas que mantienen la nómina salarial; b) 200% para empresas que reducen solo el 10% de la nómina; c) 100% para empresas que reducen solo el 20% de la nómina.

- Permitir la deducción de las donaciones sin tope destinadas a fines sanitarios, hospitalarios, comedores y victimas del coronavirus.

- Establecer la amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias de los bienes del activo fijo, en un solo ejercicio (excepto los automóviles).

- Aumento del mínimo no imponible de las contribuciones patronales, de hasta $30.000 por cada trabajador.

- Permitir el cómputo del 100% del ajuste por inflación en un solo ejercicio fiscal.

- Eliminar pago de la cuota 5 del anticipo de Ganancias para personas físicas al igual que anticipos de personas jurídicas.

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