AFIP reduce la burocracia rural: el registro de contratos de alquiler de campos será opcional

La medida se alinea con la reciente derogación de la Ley de Alquileres

AFIP reduce la burocracia rural: el registro de contratos de alquiler de campos será opcional
miércoles 14 de agosto de 2024

Por Agroempresario.com

En un esfuerzo por simplificar los trámites administrativos, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha anunciado que ya no será obligatorio registrar los contratos de alquiler de inmuebles rurales y urbanos. Esta decisión, oficializada a través de la Resolución General N° 5545/2024, es parte de una serie de reformas orientadas a reducir la carga burocrática para los contribuyentes.

La medida surge en el contexto del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023, que derogó la Ley de Alquileres N° 27.551. Según informó la AFIP, a partir de ahora, solo aquellos contribuyentes que deseen acceder a beneficios fiscales específicos deberán registrar sus contratos de alquiler.

AFIP reduce la burocracia rural: el registro de contratos de alquiler de campos será opcional

Este cambio representa un giro importante respecto a la normativa anterior, que exigía la registración de todas las operaciones de alquiler, sin importar su finalidad o tipo de inmueble. "Con esta resolución, buscamos aligerar las obligaciones de los contribuyentes, facilitando su actividad económica sin sacrificar el control necesario", explicaron desde la AFIP.

Además, la entidad aclaró que aquellos contribuyentes que ya hayan registrado sus contratos de alquiler no deberán repetir el trámite, a menos que se produzcan modificaciones en los términos originales.

En paralelo, la AFIP también introdujo cambios en la normativa del Impuesto a las Ganancias. Con la Resolución General N° 5547/2024, se eliminó la obligación para los empleados en relación de dependencia de adjuntar una copia del contrato de alquiler del inmueble destinado a casa habitación en el servicio SiRADIG. Este requisito era necesario para acceder a deducciones específicas sobre las sumas pagadas por el alquiler.

Adicionalmente, la nueva resolución establece que los contribuyentes interesados en acceder a beneficios fiscales dentro del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, así como en otros impuestos como Créditos y Débitos, Bienes Personales y Ganancias, deberán registrar sus contratos de alquiler en el servicio “Registro de Locaciones de Inmuebles – RELI” en la página web de la AFIP utilizando su clave fiscal.

Este trámite deberá completarse antes del 30 de septiembre de 2024 o dentro de los 15 días posteriores a la firma del contrato, según lo que corresponda.

Estas modificaciones son vistas como un paso hacia la modernización de la administración tributaria en Argentina, con el objetivo de simplificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, a la vez que se mantiene un control adecuado sobre las transacciones inmobiliarias.



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