Uruguay adopta medidas que alteran el transporte de cargas en Mercosur

Hacen especial énfasis en que la nueva norma exige a las empresas de transporte de carga que asuman el costo de hisopados a los conductores y que cuenten con un seguro de salud adicional

Uruguay adopta medidas que alteran el transporte de cargas en Mercosur
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as entidades que conforman el Consejo Empresarial del Transporte de Cargas por Carretera del MERCOSUR (CONDESUR) solicitan gestiones urgentes a los coordinadores nacionales del Subgrupo de Trabajo N° 5 “Transporte” del MERCOSUR, en relación a las medidas adoptadas por la República Oriental del Uruguay, establecidas por el Decreto Nº 195/2020 del 15 de julio de 2020.

Hacen especial énfasis en que la nueva norma exige a las empresas de transporte de carga que asuman el costo de hisopados a los conductores y que cuenten con un seguro de salud adicional para situaciones de emergencia en territorio uruguayo, entre otras cuestiones.

Destacan la prioridad compartida de instrumentar medidas sanitarias a fin de evitar la diseminación del COVID-19. “Sin embargo, se observa que ciertas exigencias del Decreto serán de cumplimiento imposible para el sector o inviabilizarán la normal continuidad de la prestación de servicios de transporte terrestre internacional, poniendo en riesgo el abastecimiento”, señalan desde CONDESUR.

Las instituciones lamentan no haber sido convocadas previamente a la concreción de la medida, y aportan opciones sobre cómo reemplazar los hisopados por tests rápidos, y contemplar los casos de choferes que ya hayan padecido el virus, quienes ya poseen anticuerpos y no requerirían ser testeados.

Solicitan también la eliminación en la declaración jurada que firman los conductores de camiones al ingresar a Uruguay, de la obligatoriedad de realizar cuarentena impuesta por el Decreto 195/2020 y se respete estrictamente lo establecido en la RES. GMC Nº 21/08 del MERCOSUR que regula la “Declaración de Salud del Viajero en el MERCOSUR”, aplicable en la situación de pandemia. Con relación a la “cobertura de salud” exigida por la República Oriental del Uruguay, solicitan que sean aceptados los seguros obligatorios, u otros tipos de coberturas con alcance internacional, que ya posean los choferes y empresas de transporte en virtud de sus respectivas normas nacionales y acuerdos Internacionales.

Considerando que se trata de un fenómeno del cual se desconocen los plazos de finalización y control total (esto es: universalización de una vacuna), solicitan que las autoridades prioricen medidas como exigencia del uso de barbijos, distanciamiento social, control de temperatura, entre otros medios que han demostrado alta eficacia.

“El transporte internacional no puede seguir asumiendo más costos con el objetivo de mantener el abastecimiento y flujo de las operaciones”, enfatizan.

El Consejo Empresarial del Transporte de Cargas por Carretera del MERCOSUR (CONDESUR) está conformado por: CAPATIT (Paraguay), AGETRAPAR (Paraguay), ATACI (Argentina), CATAMP (Argentina), FADEEAC (Argentina), ABTI (Brasil), NTC & Logística (Brasil), AGETICH (Chile), CATIDU (Uruguay) y FETRA (Argentina).

 

 

 

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