El Instituto Nacional de Semillas (INASE) actualizó el marco normativo del Registro Nacional de Comercio y Fiscalización de Semillas. De esta manera, se sumaron nuevas categorías.
El instituto argumentó que esta medida se debe a una necesidad de ordenar la actividad ante nuevos actores de la cadena. Además de optimizar el proceso de fiscalización y rotulación de semillas.
Por otra parte, la Resolución Nº 474 /2024 define nuevas categorías para cada actividad y especie. “El dinamismo del sector semillero y el crecimiento de la actividad vinculada a distintas especies requiere adecuar la normativa para adaptarla a los nuevos sistemas productivos, con especial eje en la identidad y la calidad de los materiales de propagación”, expresó el instituto.
Las nuevas categorías son operador de especies nativas y mantenedor de pureza varietal. Con estas dos categorías, se contempla la inscripción para las distintas actividades y especies.
También, se dispuso que quienes realicen actividades de multiplicación y comercialización de plantines hortícolas deben hacerlo encuadrados en la categoría productor bajo condiciones controladas. “Las únicas categorías habilitadas para inscribir cultivares en el Registro Nacional de Cultivares, en función de su definición, son la A y B del RNCyFS”, expresó INTA.
Por último, los actores de la cadena deben declarar un domicilio especial y un domicilio electrónico para todos los efectos legales. Hay un plazo de 20 días para informar las modificaciones.
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