La RESOL-2024-47-APN-INV#MEC digitaliza la cédula de identificación que utilizará sistemas informáticos para disminuir cargas burocráticas en concordancia con el Plan de Modernización del Estado otorgando una mejora en la atención de este Instituto hacia sus inscriptos.
Se unifica y actualiza la normativa, atento a las Buenas Prácticas en Materia de Simplificación, con una mejora continua de los procesos administrativos.
La Resolución 47/2024 establece que ante la exigencia de aquellos interesados que deseen ejercer la actividad de transportar productos vitivinícolas y alcoholes a granel en todo el territorio nacional, deberán estar inscriptos en el Registro Único del Transporte Automotor (RUTA) por tanto se elimina la presentación de documentación que se exigía para la inscripción y tendrán que poseer una constancia de cubicación otorgada por el INV.
Esta medida elimina burocracia ya que a partir de esta norma:
- La cédula de identificación será emitida por el INV al titular del transporte, persona autorizada o apoderado legal debidamente acreditado. Podrá ser generada a través del sitio web https://servicios.inv.gob.ar
- La constancia será obtenida por medios electrónicos sin costo alguno y sin necesidad de concurrir a las oficinas del INV
- Se elimina la obligación de adherir a cada tanque la placa metálica con los datos de cubicación, debiendo exhibir o adherir en su reemplazo, el código QR que figura en la respectiva cédula de identificación digital
- Se toman por válidas las cubicaciones de los contenedores tanques efectuadas por el INTI, las especificaciones técnicas aportadas por el fabricante o por DDJJ presentada por el interesado, las que estarán sujetas a verificación por parte de este Instituto
- Los transportistas que realicen su actividad en una misma jurisdicción o provincia que no se encuentren obligados a inscribirse ante el RUTA, deberán presentar la documentación conforme se encuentra en la página web del INV, mediante trámite a distancia.