Por Agroempresario.com
El Gobierno nacional oficializó la reglamentación que permite a los comercios exhibir los precios de bienes y servicios tanto en pesos como en dólares. La medida, publicada en el Boletín Oficial, busca brindar mayor transparencia en las operaciones comerciales y garantizar la libre elección del consumidor.
El ministro de Economía, Luis Caputo, anunció que los precios podrán mostrarse en dólares estadounidenses o en otra moneda extranjera, además de figurar en pesos argentinos. Según explicó en su cuenta de X, la norma establece que el valor final deberá ser informado claramente, incluyendo el precio por unidad de medida y garantizando que el precio de góndola coincida con el cobrado en caja.
La resolución 4/2025, emitida por la Secretaría de Comercio, establece que los precios deben exhibirse obligatoriamente en pesos, pero podrán presentarse también en dólares o cualquier otra moneda extranjera de forma complementaria. Además, se deberá informar el importe neto sin impuestos nacionales, como el IVA, en caracteres menores junto con la leyenda “PRECIO SIN IMPUESTOS NACIONALES”.
Aunque la normativa abarca todos los bienes y servicios, se espera una aplicación gradual comenzando con sectores donde los pagos en dólares son comunes, como automóviles, embarcaciones e inmuebles. No será obligatorio para los comerciantes, sino una opción adicional que podrán ofrecer a sus clientes.
Paralelamente, el Banco Central ya había habilitado los pagos con tarjeta de débito en dólares, disposición que entrará en vigencia formalmente desde el 28 de febrero. Esta medida permitirá a los comercios que lo deseen aceptar pagos en dólares directamente con tarjetas de débito.
Fuentes oficiales destacaron que este esquema permitirá a los dólares del blanqueo reactivarse en la economía real, incentivando el consumo y brindando mayor flexibilidad a los comercios y consumidores. Empresas como Mercado Pago, Payway y Fiserv ya están implementando esta modalidad para ofrecerla a sus clientes.