La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía oficializó la asignación del cupo de exportación de carne vacuna con destino a Colombia correspondiente al ciclo comercial 2026. La medida fue formalizada a través de la Resolución 258/2025, publicada en el Boletín Oficial, y establece un volumen total de 947,377 toneladas que podrán exportarse a partir del 1° de enero próximo.
El cupo se enmarca en el Acuerdo de Complementación Económica (ACE) N°72, que mantiene las condiciones del ACE N°59 firmado entre los países del MERCOSUR y la Comunidad Andina. Este esquema contempla preferencias arancelarias otorgadas por Colombia para diversos productos agroindustriales, entre ellos carne vacuna enfriada y congelada, lácteos y otros alimentos.
En particular, la asignación corresponde al denominado Cupo II, conocido como “Los Demás Cortes”, que incluye cortes bovinos distintos de los cortes finos y abarca varias posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR. Según lo informado por la Secretaría del MERCOSUR, a la Argentina le corresponde el 25% del tonelaje total acordado, proporción vigente desde 2005 para cada Estado Parte.
La distribución del cupo se realizó luego del período de inscripción abierto entre el 1 y el 15 de diciembre de 2025, mediante la plataforma de Trámites a Distancia (TAD). Las empresas interesadas debieron presentar su solicitud en carácter de declaración jurada y cumplir con los requisitos exigidos por la normativa.
Entre las condiciones establecidas figuraron la inscripción en el Sistema de Información de Operadores de Carnes y Lácteos (SIOCAL) y la habilitación sanitaria del SENASA para exportar carne vacuna al mercado colombiano.
La resolución oficial dejó fuera de la asignación a algunas firmas. En el caso de FRIAR S.A., la presentación fue rechazada por haberse realizado fuera del plazo previsto, mientras que Agropecuaria La Fe no cumplió con el requisito de contar con matrícula de exportador de ganados y carnes.
Asimismo, la autoridad de aplicación determinó que Black Bamboo Enterprises S.A. y Sociedad Anónima Carnes Pampeanas S.A. conforman un mismo grupo económico a los efectos de la asignación del cupo. En consecuencia, el tonelaje adjudicado podrá ejecutarse en los distintos establecimientos que integran ese conglomerado empresarial.
La normativa establece que las exportaciones realizadas bajo este cupo deberán ingresar a Colombia antes del 31 de diciembre de 2026. El régimen comenzará a regir formalmente el 1° de enero del próximo año, otorgando previsibilidad a la industria frigorífica y garantizando el cumplimiento de los compromisos comerciales asumidos por la Argentina en el comercio regional de carnes.