La Unión Europea aprobó el Reglamento (UE) 2026/215, que actualiza los límites máximos de residuos (LMR) de tres sustancias activas —dimoxistrobina, etefón y propamocarb— en frutas y hortalizas comercializadas en el bloque, y estableció que a partir de 2026 regirá un esquema de “residuo cero” técnico para uno de los fungicidas más utilizados en cultivos hortofrutícolas. La medida, que comenzará a aplicarse desde el 19 de febrero de 2026, impacta de manera directa en productores y exportadores que abastecen al mercado comunitario, uno de los más exigentes del mundo en materia sanitaria, informo el medio especializado LMNeuquen.
La norma modifica los anexos II y V del Reglamento (CE) n.º 396/2005 y fue publicada en el Diario Oficial del bloque. Según la información difundida por Redacción +P con aportes de medios internacionales, el objetivo es reforzar la seguridad alimentaria y adecuar los parámetros de control a nuevas evaluaciones científicas.
El cambio más significativo recae sobre la dimoxistrobina, un fungicida del grupo de las estrobilurinas empleado para el control de enfermedades fúngicas en frutas y hortalizas. Tras la no renovación de su aprobación como sustancia activa dentro de la Unión Europea, Bruselas decidió fijar sus LMR en el límite de determinación analítica (LOD) para todos los productos.
En términos prácticos, esto implica que cualquier presencia detectable por encima del umbral mínimo establecido por los métodos analíticos podrá derivar en rechazos comerciales. Se trata de una política de “residuo cero” técnico, que obliga a eliminar su utilización en las cadenas productivas que aspiren a exportar al bloque europeo.
La decisión responde a evaluaciones científicas y a la aplicación del principio de precaución que rige la normativa comunitaria. Para el sector hortofrutícola internacional, el retiro efectivo de esta molécula supone la necesidad de sustituirla por alternativas autorizadas o reforzar estrategias de manejo integrado de plagas y enfermedades, incluyendo controles biológicos y ajustes agronómicos.
El reglamento también introduce modificaciones en los LMR del etefón, un regulador del crecimiento vegetal que libera etileno y se utiliza para acelerar la maduración y mejorar la coloración de los frutos, en especial en cítricos. La revisión se basa en nuevas evaluaciones de exposición dietética realizadas por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), que recalculó los márgenes de seguridad a partir de datos actualizados de consumo y toxicidad.
En el caso del propamocarb, fungicida sistémico empleado contra patógenos del suelo y enfermedades como el mildiu en cultivos hortícolas intensivos, también se ajustan los niveles permitidos. La actualización considera nuevas evaluaciones toxicológicas y datos sobre buenas prácticas agrícolas, con el propósito de mantener la eficacia en el control sanitario sin comprometer la protección del consumidor.
Uno de los aspectos más sensibles para el comercio exterior es la modificación específica de ciertos binomios sustancia-cultivo. El reglamento fija nuevos LMR de 0,01 ppm para limones y naranjas, y de 0,7 ppm para manzanas, valores que serán exigibles a partir del 19 de agosto de 2026. Estos parámetros obligan a los exportadores de terceros países a planificar con antelación los tratamientos fitosanitarios y a reforzar los controles analíticos previos al embarque.
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La normativa entrará en vigor veinte días después de su publicación —prevista para fines de enero de 2026— y su aplicación general comenzará el 19 de febrero del mismo año. Se contemplan períodos transitorios para evitar disrupciones abruptas en el mercado: los productos producidos o importados legalmente antes de la modificación podrán seguir comercializándose, siempre que se garantice un alto nivel de protección al consumidor.
Sin embargo, en el caso de la dimoxistrobina, las restricciones serán más estrictas debido a la expiración de sus períodos de gracia, lo que reduce el margen de adaptación para productores y operadores comerciales.
Desde asociaciones agrarias y entidades exportadoras recomiendan revisar de inmediato los protocolos de tratamiento, los calendarios de aplicación y los análisis de residuos, a fin de evitar rechazos en frontera. La experiencia indica que el incumplimiento de los LMR europeos puede derivar en alertas sanitarias, bloqueos de partidas y pérdidas económicas significativas.
La actualización normativa confirma la tendencia de la Unión Europea hacia estándares cada vez más rigurosos en materia de residuos de fitosanitarios, consolidando su posicionamiento como uno de los mercados con mayor nivel de control sanitario a escala global.
Para países exportadores de cítricos, manzanas y hortalizas —entre ellos varias naciones latinoamericanas— la adaptación tecnológica y el fortalecimiento de los sistemas de trazabilidad serán determinantes para sostener el acceso al mercado comunitario.
El nuevo escenario regulatorio obliga a las empresas a invertir en control analítico, innovación y prácticas agrícolas sostenibles, en un contexto en el que los consumidores europeos demandan alimentos con menores residuos químicos y mayor transparencia en los procesos productivos.
En síntesis, la entrada en vigencia del Reglamento (UE) 2026/215 no solo redefine los parámetros técnicos para tres sustancias activas clave, sino que también marca una señal política: la Unión Europea profundiza su estrategia de refuerzo sanitario y ambiental, con efectos directos sobre las cadenas globales de suministro de frutas y hortalizas.