on la publicación en el Boletín Oficial, de su Resolución N°875/2020, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) actualizó el marco normativo de su Programa Nacional de Prevención del HLB.
La Resolución, firmada por el presidente del Servicio, Carlos Paz, establece las áreas de aplicación del Programa, define los artículos reglamentados y las medidas de mitigación de riesgo fitosanitario para el traslado de fruta fresca cítrica y material de propagación hospedante del HLB y su vector.
Área bajo cuarentena, aquellas áreas dentro de las cuales existen detecciones positivas de la bacteria causante de la enfermedad, Candidatus Liberibacter spp.,en Diaphorina citri o plantas cítricas y/u hospedantes alternativos, y en las que es necesario aplicar medidas fitosanitarias de control tendientes a evitar la dispersión de la enfermedad:
Departamentos Iguazú, Eldorado, General Manuel Belgrano, Montecarlo, Guaraní, Libertador General San Martín, 25 de Mayo, San Ignacio, Oberá, Candelaria, Leandro N. Alem, San Javier y Apóstoles de Misiones, Departamentos Ituzaingó, Alvear, Monte Caseros y Bella Vista de Corrientes, Departamento Federación de Entre Ríos, Departamentos Formosa y Pilcomayo de Formosa, y Departamente Banda, de Santiago del Estero.
Área protegida de HLB: Se mantiene el Área protegida de HLB (Huanglongbing) ubicada en la región del Noroeste Argentino (NOA), establecida en el Artículo 1° de la Resolución N° 449 del 22 de agosto de 2016 del Senasa.
Estas áreas podrán ser modificadas por la Dirección Nacional de Protección Vegetal (DNPV) del Senasa, en función de los resultados que arrojen los monitoreos que se realicen en el marco del Programa.
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