Retenciones: nuevas complicaciones para recuperar el IVA

Desde febrero de 2020, rigen nuevas normas que complican la situación de los productores

Retenciones: nuevas complicaciones para recuperar el IVA

El socio de Barrero & Asociados, Juan Manuel Barrero, explica que el procedimiento de solicitud de recupero del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para el agro, está regulado por la resolución general de AFIP 2000, motivo por el cual requiere del cumplimiento de ciertos requisitos. Sin embargo, desde febrero del año pasado, se sumaron nuevos ítems.

Previo al avance del coronavirus en nuestro país, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) había publicado la Resolución General N°4927, que tiene un impacto muy negativo para los productores: torna más complejo el proceso de reducir los porcentajes de retenciones en la liquidación de granos, al tiempo que incrementa sus valores.

Hasta dicha resolución, los productores debían cumplir con las siguientes normativas:

- Facturación.

- Pagos.

- Registración.

- Actuación como agente de retención de IVA, información e ingreso de las sumas retenidas.

- Consultas informáticas a bases de datos de proveedores.

- Presentación de un informe de contador público independiente respecto de la razonabilidad y legitimidad del impuesto a recuperar.

Solo si se cumplimentaban estos requisitos, se garantizaba el reintegro de saldos, a excepción de que se determinara la ilegitimidad o improcedencia del impuesto facturado por proveedores de bienes y/o servicios. Con la nueva resolución, se incorporaron estas disposiciones:

- Presentar planificaciones fiscales.

- Si en la fecha que solicitan el reintegro, existen incumplimientos de la obligación de ingresar y liquidar divisas de conformidad con lo establecido por el DNU 609/2019, el pago se ejecutará por un importe que supere el monto de las fallas, hasta regularizar la situación.

Las disposiciones de la reglamentación rigen para los pagos a realizar desde el 1 de marzo de este año. A fin de amortiguar el impacto, Barrero recomienda a productores evitar la acumulación de deudas líquidas y exigibles por cualquier concepto relativas a sus obligaciones aduaneras, impositivas y/o previsionales.

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