La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación informa que hoy se oficializó la creación del Programa de Fortalecimiento Productivo Argentino para Bovinos, a través de la Resolución 321/2023, con la finalidad de brindar una alternativa para la terminación de los animales ante la baja oferta de forrajera como consecuencia de la sequía.
En este sentido, el secretario de Agricultura, Juan José Bahillo, destacó que "el Gobierno Nacional reafirma el compromiso de acompañar al sector productivo con herramientas acordes, entendiendo la necesidad de llevar alivio a las y los productores ante el contexto de sequía".
El Programa, que se financiará con un monto total de $14.976.000.000 provenientes del Fondo Incremento Exportador, asistirá a las y los productores que ingresen y mantengan el ganado bovino en la modalidad de engorde a corral por un período mínimo de 120 días y a su término, en un plazo no mayor de 30 días, lo remitan a faena para el mercado interno, mediante la asignación de un beneficio económico hasta un límite máximo de 100 cabezas por productor o productora.
Podrán ser beneficiarios todas y todos aquellos productores que cumplieren los requisitos siguientes:
La convocatoria a los productores interesados tendrá una vigencia de 120 días corridos a partir del día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial del instructivo de carga de información, y será improrrogable.
El Programa tendrá un cupo total de asistencia de 720.000 cabezas de ganado, que se fraccionará en cuatro cupos parciales de 180.000 cabezas a lo largo de la vigencia de la convocatoria. Los cupos parciales corresponderán a períodos de 30 días corridos, mientras que el remanente de los mismos verificado al cierre del período correspondiente pasará a incrementar el cupo inmediato posterior.
Cada beneficiario y beneficiaria recibirá una compensación económica de $ 5.200 mensuales, por un total de cuatro meses, por cada cabeza de ganado bovino que haya ingresado al Programa cumpliendo los requisitos, hasta un tope máximo de 100 cabezas.
La compensación para cada productor declarado beneficiario en la resolución respectiva, será fijada de conformidad con las siguientes pautas:
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