Desarrollo Económico & Social / Políticas Públicas

La Justicia suspende prohibición de tasas municipales en boletas de Edenor y Naturgy BAN

Un juez federal dictó una medida cautelar a favor del municipio de Pilar, permitiendo que siga aplicando tasas en las facturas de electricidad y gas

La Justicia suspende prohibición de tasas municipales en boletas de Edenor y Naturgy BAN
miércoles 18 de septiembre de 2024

Por Agroempresario.com

La Justicia federal de Zárate Campana suspendió la aplicación de la resolución 267/2024 del Ministerio de Economía, que prohibía a los municipios cobrar tasas en las boletas de servicios como la electricidad y el gas. El fallo responde a un reclamo del municipio de Pilar, que argumentó que la resolución afecta su autonomía y su capacidad de financiar servicios esenciales.

El juez Adrián González Charbay dictó una medida cautelar que permite al municipio seguir aplicando tasas como las de alumbrado público y vigilancia en las boletas de Edenor y Naturgy BAN. El intendente de Pilar, Federico Achával, había solicitado la intervención judicial alegando que la resolución "causa un gravamen irreparable a los derechos constitucionales del municipio", según informó La Nación.

Achával defendió la legalidad de estas tasas, afirmando que están amparadas por la Ley Provincial 10740, que habilita a los municipios a incluir en las facturas conceptos vinculados al mantenimiento de servicios públicos. "Con la tasa de alumbrado público se sostiene la totalidad del sistema de iluminación del Partido de Pilar, su conservación y mantenimiento, así como el funcionamiento de los edificios municipales", explicó.

El magistrado consideró que el reclamo del municipio es verosímil y que existe un "peligro en la demora", ya que la prohibición de cobrar estas tasas podría afectar gravemente los servicios municipales. "De no hacerse lugar a la medida, implicaría un grave perjuicio para el municipio", señaló en su fallo.

La resolución del Ministerio de Economía, oficializada en el Boletín Oficial, establece que las facturas de servicios deben referirse exclusivamente al bien o servicio contratado, y prohíbe la inclusión de conceptos ajenos. Sin embargo, la medida cautelar permitirá a Pilar mantener sus tasas hasta que la cuestión de fondo sea resuelta.

 



Invertí en periodismo de calidad

En Agroempresario trabajamos para acercarte contenidos que agregan valor.
Quiero suscribirme

Todas las Categorías

¡Envianos tus Contenidos!

Difundí tus Ideas, Conocimientos, Experiencias, Opiniones y Proyectos.


¡Juntos el Campo es más fuerte!














¡Juntos por la eliminación
de las Retenciones!

Te invitamos a contarle a todos los argentinos por qué es bueno eliminar las Retenciones.

¡Sumá tu Stand!

Publicá tu marca en la plataforma líder del agro y aumentá tus ventas hoy.

Recibí los mejores contenidos

Suscribite a nuestro Newsletter y sigamos agregando valor.

Agroempresrio

¡Contenidos que agregan valor!