Levantamiento de la veda para pesca deportiva en el dique San Agustín

La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable autoriza la pesca en respuesta a la disminución de los niveles de agua, con regulaciones específicas hasta 2026

Levantamiento de la veda para pesca deportiva en el dique San Agustín

Por pedido de la Municipalidad de Valle Fértil, y a través de la Resolución N° 1379-SEAyDS-2024, la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable ha decidido levantar la veda para la pesca deportiva en el Dique San Agustín. Esta medida responde a la limitada disponibilidad de agua en la región, lo que ha ocasionado una disminución en los niveles de oxígeno en el agua.

El levantamiento de la veda estará vigente hasta el año 2026, a menos que se presenten condiciones que requieran una modificación de esta disposición. Es importante destacar que, a pesar de esta autorización, las normativas de pesca seguirán vigentes en el resto de los ríos y diques, respetando las fechas previamente establecidas. Además, la pesca en este dique puede realizarse sin límite de extracción de piezas, aunque siempre con el permiso oficial, que se puede adquirir en negocios vinculados a esta actividad.

Regulaciones para la Pesca
La nueva reglamentación en diques y embalses establece que el periodo de extracción de peces irá del 1 de diciembre al 14 de agosto, mientras que la veda se aplicará del 15 de agosto al 30 de noviembre. Sin embargo, en las localidades de Los Cauquenes y Caracoles, la veda se mantendrá durante todo el año.

En cuanto a las cuotas de pesca, se permiten las siguientes extracciones:

Dique Ullum: 25 ejemplares de pejerrey por pescador por día.
Punta Negra: 10 ejemplares de pejerrey y hasta una trucha por pescador por día.
Cuesta del Viento: 25 ejemplares de pejerrey por pescador diario.

Cada pescador podrá utilizar hasta dos cañas, con un máximo de dos anzuelos simples. Además, se permitirá la pesca durante todo el año y sin límite de extracción de las siguientes especies: carpas, chanchitas, dientudos, viejas del agua y todas las especies de mojarras.

Con esta medida, se busca un equilibrio entre la actividad recreativa de la pesca y la conservación del ecosistema acuático en la región, asegurando la sostenibilidad de las especies y la salud de los cuerpos de agua.



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