El Senasa prohibió las vacunas contra la peste bovina para reforzar el estatus sanitario y proteger las exportaciones

La medida impide la elaboración, importación, comercialización y uso de vacunas contra la enfermedad a fin de preservar el reconocimiento internacional de la Argentina como país libre de peste bovina

El Senasa prohibió las vacunas contra la peste bovina para reforzar el estatus sanitario y proteger las exportaciones
lunes 06 de julio de 2026

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) prohibió en todo el territorio argentino la elaboración, importación, distribución, comercialización, almacenamiento, tenencia y utilización de vacunas contra la peste bovina, una enfermedad erradicada a nivel mundial desde 2011. La decisión fue oficializada mediante la Resolución 588/2026, publicada en el Boletín Oficial, y busca preservar el estatus sanitario de la Argentina como país históricamente libre de esta enfermedad, una condición considerada estratégica para sostener el acceso de la carne vacuna argentina a los mercados internacionales.

La nueva normativa también prohíbe el ingreso al país de animales de pezuña hendida que hayan sido vacunados contra la peste bovina, en línea con las recomendaciones internacionales establecidas para los países libres de la enfermedad.

Desde el organismo sanitario explicaron que la medida forma parte de la actualización del marco normativo nacional para adecuarlo a los lineamientos de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA) y de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), organismos que coordinan las acciones internacionales posteriores a la erradicación global del virus.

La peste bovina fue durante décadas una de las enfermedades virales más devastadoras para la ganadería mundial. Afectaba principalmente a bovinos, búfalos y otros rumiantes de pezuña hendida, provocando elevados niveles de mortalidad y pérdidas económicas de gran magnitud para los países productores.

Tras una extensa campaña sanitaria internacional impulsada por la OMSA y la FAO, la enfermedad fue declarada oficialmente erradicada en 2011, convirtiéndose en la segunda enfermedad infecciosa eliminada a escala mundial, después de la viruela humana.

A partir de ese momento, ambos organismos implementaron un Plan de Acción Mundial para la etapa posterior a la erradicación, que recomienda restringir al máximo la utilización de vacunas y mantener únicamente reservas estratégicas bajo estrictos controles internacionales, destinadas exclusivamente a responder ante una eventual emergencia sanitaria.

En ese contexto, el Senasa recordó que la Argentina nunca implementó campañas de vacunación contra la peste bovina, ya que históricamente permaneció libre de la enfermedad.

Precisamente por esa condición sanitaria, el organismo considera que la vacunación preventiva no posee fundamento epidemiológico y podría generar inconvenientes para el sistema de vigilancia sanitaria.

Entre los argumentos técnicos incluidos en la resolución se señala que la aplicación de vacunas produciría anticuerpos en los animales, dificultando la diferenciación entre animales vacunados y una eventual infección natural.

Esta situación podría afectar los programas de monitoreo y reducir la capacidad de detección temprana ante una hipotética reintroducción del virus, uno de los aspectos más valorados por los organismos internacionales de sanidad animal.

La normativa establece una prohibición total para cualquier tipo de vacuna destinada a prevenir la enfermedad, independientemente de la tecnología utilizada.

De esta manera, quedan alcanzadas las vacunas elaboradas con virus vivos atenuados, virus inactivados y también aquellas desarrolladas mediante tecnologías recombinantes.

La resolución dispone además que no podrán elaborarse, almacenarse, distribuirse ni comercializarse estos productos dentro del territorio nacional.

La medida también alcanza a la importación y a la simple tenencia de vacunas contra la peste bovina, reforzando el control sanitario sobre cualquier material biológico relacionado con esta enfermedad.

Otro de los puntos relevantes incorpora restricciones para el comercio internacional de animales.

A partir de la entrada en vigencia de la resolución, quedará prohibido el ingreso a la Argentina de bovinos, búfalos y demás especies susceptibles que hayan recibido vacunas contra la peste bovina en sus países de origen.

Según el Senasa, esta decisión busca mantener la coherencia del sistema sanitario nacional con los estándares internacionales aplicables a los países reconocidos como libres de la enfermedad.

La preservación de ese reconocimiento representa uno de los principales activos sanitarios de la ganadería argentina.

Además de garantizar la seguridad sanitaria interna, el mantenimiento del estatus internacional facilita las negociaciones comerciales y contribuye a sostener el acceso de los productos cárnicos argentinos a mercados de alta exigencia sanitaria.

En un escenario donde los países importadores incrementan permanentemente los controles sobre el origen y las condiciones sanitarias de los alimentos, disponer de normas alineadas con las recomendaciones internacionales constituye un factor clave para fortalecer la competitividad exportadora.

La resolución destaca que la adecuación normativa brinda mayores garantías a los compradores internacionales y favorece la firma de acuerdos sanitarios para la exportación de carne vacuna, menudencias y otros productos de origen animal.

En la actualidad, el patrimonio sanitario argentino constituye uno de los principales argumentos utilizados para posicionar la producción nacional en mercados de alto valor agregado.

La ausencia histórica de enfermedades de gran impacto económico y el cumplimiento de los protocolos internacionales permiten sostener la confianza de los servicios veterinarios de otros países y facilitar el comercio exterior.

Con esta decisión, el Senasa refuerza una política orientada a preservar ese capital sanitario mediante la prevención y el cumplimiento de los criterios establecidos por la comunidad internacional.

La prohibición de las vacunas contra la peste bovina no responde a un riesgo sanitario presente dentro del país, sino a la necesidad de mantener intacto un sistema de vigilancia que permita demostrar que la Argentina continúa libre de la enfermedad.

De esta manera, el organismo busca consolidar la posición sanitaria del país, fortalecer la credibilidad de los controles oficiales y preservar una condición considerada estratégica para el desarrollo de la ganadería y el crecimiento de las exportaciones de carne vacuna.

 



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