Medicamentos, alimentos y materiales eléctricos y de construcción, los que incrementaron ventas

El ministro de Economía, Hacienda y Finanzas, Jorge Oscar Ibáñez, dio a conocer datos de la economía en el contexto de pandemia relacionados con los rubros que incrementaron sus ventas

Medicamentos, alimentos y materiales eléctricos y de construcción, los que incrementaron ventas
lunes 05 de octubre de 2020
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ara ello, dio a conocer los índices de ventas minoristas Pymes. Variación interanual octubre 2019-2020, a partir de octubre de 2019, con un -13.1; noviembre 2019, -8.4; diciembre 2019, -4.6; enero, -4,1; febrero, -1.1; marzo 20, -48.7; abril 2020, -57.6; mayo 2020, -50.8; junio 2020, -34-8; julio 2020, -27.7; agosto 2020, -17.7; septiembre 2020, -10.1

Asimismo, detalló los rubros que todavía tienen variación muy alta y que no recuperan sus ventas: Joyería, relojería y bijouterie, -24.9; perfumería y cosmética, -19.3; calzados y  marroquinería, -18.3; neumático y repuestos de autos y motos, -17.5; bazar y regalos, -16.9; indumentaria, -16.9; mueblería, decoración y textiles para el hogar, -14.9; juguetería y librería, -13.1; promedio ponderado, -10.1; electrodomésticos y artículos electrónicos, -7.3; ropa y artículos deportivos y de recreación, -5.8; ferretería, materiales eléctricos y construcción, -3.6; alimentos y bebidas, -2.

Por otra parte, el titular de la cartera económica provincial respondió a un interrogante de una vecina de la ciudad de Formosa, relacionada con la posibilidad o no de acceder a un crédito para construcción de la línea Procrear, a partir de un boleto de compra venta.

El ministro le respondió que según lo establecen los requisitos del Procrear, la construcción con lote propio, crédito para la construcción de viviendas, serán contemplados como lote propio todos aquellos que hayan sido escriturados antes del 04/08/ 2020 a nombre del titular o cotitular. Podrá ser también terreno de titularidad dominial de padres, madres o hijos de los solicitantes.

Asimismo, quienes sean propietarios de un lote que cumpla con los requisitos y posean un boleto de compraventa o un acta de transferencia realizada por un municipio o provincia, podrán inscribirse con la condición de que al momento de adjudicarse el crédito, se haya producido la escritura por parte de la entidad provincial o municipal correspondiente.

 



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