Cuáles son las nuevas actividades exceptuadas en Santiago del Estero

A partir del 27 de abril, se dará inicio al proceso de flexibilización de la cuarentena por la pandemia de coronavirus. Te contamos cuáles son las actividades que volverán de manera gradual

Cuáles son las nuevas actividades exceptuadas en Santiago del Estero
E

n la provincia de Santiago del Estero, el aislamiento, social, preventivo y obligatorio impuesto por el Gobierno Nacional ante la pandemia de coronavirus comenzará a levantarse en forma gradual a partir del lunes 27 de abril.

Las actividades propuestas por el Gobierno Provincial que entrarán en vigencia a partir del lunes que viene son:

1- Oficinas de Dirección General de Rentas de la Provincia y Municipales, con guardias mínimas para mantener solo la continuidad de actividades esenciales de cada repartición, cumpliendo los protocolos sanitarios y con personal no comprendido entre la población considerada de riesgo.

2- Actividad registral desempeñada por el Registro de la Propiedad Inmueble dependiente del Ministerio de Economía de la Provincia, Registros Notariales y de la Propiedad Automotor y Gestorías, conforme protocolos aprobados por autoridad competente, con sistema de turnos y guardias mínimas con personal indispensable, en el horario de 8 a 13 hs.

3- El comercio minorista, en los rubros de indumentaria, calzado, marroquinería, electrónica, electrodomésticos, juegos y juguetes, cuidado personal, pinturerías, materiales para construcción, decoración y artículos de librería e insumos informáticos, podrá vender mercaderías ya elaboradas a través de diversas plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieren contacto personal con los compradores.

Se realizarán mediante entregas a domicilio a realizarse en el horario de 16 hs a 20 hs de lunes a viernes (no incluye feriados), con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística, con presencia de personal mínimo e indispensable solo tres veces a la semana para preparar envíos.

En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.

4- Atención médica y odontológica programada de seguimiento de enfermedades crónicas y de carácter preventiva, laboratorios de análisis clínicos y de estudios por imágenes, con presencia en consultorio o a domicilio, con turnos previos en el horario de 15 hs a 20 hs, respetando los protocolos establecidos por cada Colegio Profesional previamente aprobados por el Ministerio de Salud de la Provincia.

5- Ópticas con turno previo de dos pacientes por hora, dentro del horario de lunes a viernes de 8 a 13 hs, los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el Ministerio de Salud para preservar la salud del personal mínimo e indispensable.

6- Empresas de seguros y servicios de verificación de siniestros que permitan realizar los pagos por arreglos de todo tipo de vehículos afectados. La atención de trámites y cobros únicamente en forma digital, en ningún caso con atención al público en forma presencial.

7- Procesos industriales textiles, de metal-mecánica y otros específicos, con autorización previa del Ministerio de la Producción.

8- Servicio de transporte público, con frecuencias diarias comprendidas entre las 6 de la mañana hasta las 21 hs, únicamente con pasajeros sentados que cuenten con su autorización emitida por el sistema de control de circulación y observando los protocolos de sanidad establecidos por el Ministerio de Salud.

El transporte semipúblico de taxis y remises funcionará con servicios a domicilio solicitados vía telefónica o virtual de 6  a 21 hs, con un único pasajero –que también debe contar con la autorización emitida por el sistema de control de circulación– sentado en el asiento trasero del vehículo, o para traslado de mercaderías o bultos acompañado del correspondiente comprobante de compra, quedando prohibido levantar pasajeros en la vía pública bajo pena de sanciones y multas.

Se recuerda la obligatoriedad del uso del barbijo (casero o tapa nariz y boca) para quienes transitan la vía pública o permanezcan en lugares públicos. Asimismo, para disminuir el riesgo de contagio se deberá mantener el distanciamiento entre personas y el lavado de manos con agua y jabón en forma permanente.

Las autorizaciones para transitar se realizan a través de la página www.circulando.sde.gob.ar para todas las personas y entidades encuadradas en las actividades autorizadas.



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