esde noviembre de 2018 las Buenas Prácticas Agrícolas (BPA) fueron incorporadas al Código Alimentario Nacional (CAA), dentro de las "Normas Generales Alimentos", con el fin de cuidar a los consumidores.
Es un reglamento técnico en permanente actualización que establece las normas higiénico-sanitarias, bromatológicas, de calidad y genuinidad que deben cumplirlas aquellas personas físicas o jurídicas, los establecimientos y los productos. Tiene como finalidad proteger la salud de la población y la buena fe en las transacciones comerciales. El código regula en todo el territorio argentino a todos los alimentos, condimentos, bebidas o sus materias primas y los aditivos alimentarios que se elaboren, fraccionen, conserven, transporten, expendan o expongan, así como a toda persona, firma comercial o establecimiento que lo produzca.
Para tal fin, existen siete requisitos mínimos que deben ser cumplimentados por parte del productor frutícola y/o hortícola:
- Inscripción en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA).
- Identificación de los alimentos frutihortícolas producidos, empleando etiqueta/rótulo y trasladar los productos empleando el Documento de Tránsito Sanitario Vegetal (DTV), cuando las autoridades sanitarias lo exijan, previsto en normativa vigente.
- En relación al uso de fertilizantes orgánicos y enmiendas, los productos de este tipo que sean adquiridos por terceros para utilizar en las actividades productivas, deben estar registrados.
- En relación al uso de productos fitosanitarios, se debe cumplir con las recomendaciones y las restricciones de uso, como así también registrar la aplicación. Sólo deben utilizarse productos fitosanitarios autorizados por SENASA y deben ser almacenados en un depósito específico. El manejo de sus envases debe ajustarse a la reglamentación legal vigente.
- En relación al uso del agua, se debe realizar un uso eficiente, seguro y racional de agua segura. En el caso que no se cuente con agua potable, deberá ser tratada con métodos apropiados para ello: hervido, clarificación o cloración.
- Sobre el manejo de animales, se deberá impedir el ingreso de animales a las áreas cultivadas y a las zonas de manipulación de producto cosechado. Los animales de trabajo que se utilicen para otras tareas deberán estar sanos, vacunados y desparasitados.
- La implementación de las BPA estará a cargo de profesionales/técnicos habilitados.
Técnicos de INTA se encuentran en continua capacitación a través de cursos con certificación oficial y actualización periódica brindados por SENASA, para contribuir en el territorio, brindando asesoramiento y recomendaciones en la implementación de las BPA y así poder llegar a los establecimientos productivos que lo requieran. Además de promover el cumplimiento obligatorio, garantizar la inocuidad en la producción de frutas y hortalizas, fomentar la calidad del producto por mejores prácticas agronómicas y la preservación del medio ambiente.
INTA La Pampa