¿A quién está dirigido?
El exportador o toda persona por cuenta de terceros, la cual deberá estar debidamente autorizada y poseer una credencial de la empresa de acuerdo al modelo establecido por la Resolución SENASA N° 492/01.
¿Qué necesito?
- Acreditar inscripción en el Registro de Exportadores y/o Importadores, según Resolución Senasa N° 492/2001.
- Certificado Sanitario de Exportación Definitiva (CSED) por duplicado.
- Constancia original de los recibos de pago que correspondan emitidos por el Departamento de Tesorería o Delegaciones Administrativas del Senasa.
Nota: Los formularios serán presentados por triplicado, debidamente confeccionados por el interesado ajustándose estrictamente a los modelos que incluyan las exigencias del país comprador.
¿Cómo hago?
- Presentar la documentación en el Centro Regional del SENASA más cercano.
- Abonar el arancel correspondiente.
- Retirar el Certificado en la oficina donde inició el trámite.
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