El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca a través de la Resolución 2/2019 estableció los usos de los envases de fitosanitarios recuperados. De esta manera, el Gobierno determinó que no puedan ser empleados en materiales que impliquen un riesgo para la salud humana o animal.
Además, la normativa contempla que tampoco se dañe el ambiente con el reciclado de estos envases. Por este motivo, la resolución determina los “usos prohibidos” del material recuperado proveniente de los envases vacíos “TIPO A”, que hayan sido sometidos al procedimiento de reducción de residuos de fitosanitarios.
Algunas de estas prohibiciones son por ejemplo, envases, vajillas, utensilios y otros elementos que tengan contacto con alimentos. Está prohibición, alcanza a los productos destinados a lo personal, doméstico, recreativo.
Además, la normativa agrega aquellos usos que pudieren estar en contacto con agua de consumo o alimentos humano o animal. Estas determinaciones deberán ser consideradas en el diseño y propuesta de Sistema de Gestión Integral de Envases Vacíos de Fitosanitarios por parte de los registrantes.
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