El Gobierno creó un nuevo registro para la exportación de carnes y sus subproductos. La iniciativa apunta a un ordenamiento de las ventas al exterior a través de una Declaración Jurada de Operaciones de Exportación de Carne (DJEC). Los ministerios de Agricultura y de Desarrollo Productivo apuntan a monitorear la subfacturación y a garantizar el cumplimiento de acuerdos de precios y abastecimiento.
A través de la Resolución N°3, las empresas que comercializan carne refrigerada, fresca o congelada de especies porcina, bovina, caprina, ovina, equina y Gallus domesticus deberán tramitar una registración mediante una Declaración Jurada de Operaciones de Exportación de Carne (DJEC).
Según lo informado, la dependencia encargada de gestionar la documentación será la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario del Ministerio de Agricultura. Sumado a esto, una comisión de seguimiento integrada por ambos Ministerios junto a la AFIP será la encargada de relevar y proponer precios mínimos de referencia para las exportaciones.
Desde el Gobierno se aclaró que el objetivo es evitar subfacturaciones y triangulaciones en la liquidación de las divisas. En este sentido, la nueva normativa establece sanciones y la suspensión inmediata del operador del Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA) en caso de detectarse inconsistencias o anomalías en la información declarada.
La medida mantendrá su vigencia mientras dure la emergencia pública en materia sanitaria.
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De acuerdo a la norma, la DJEC deberá incluir los siguientes requisitos:
- Período de embarque de la mercadería.
- Datos identificatorios del exportador.
- Tipo de mercadería (partida arancelaria, categoría de animal y certificación sanitaria).
- Tipo de carga (enfriada o congelada).
- Volumen de venta en toneladas.
- Precio FOB Oficial.
- Fecha de cierre de venta.
- Denominación, tipo societario, domicilio y país del comprador (deberá aclararse si éste es intermediario o destinatario final).