El Gobierno presentó un plan para que los transportistas de carnes y granos regularicen las multas

La medida fue informada través del decreto 75/2022, publicado en el Boletín Oficial; los transportistas podrán pagar las multas en diez cuotas mensuales,cuyo monto no sea inferior a $100.000

El Gobierno presentó un plan para que los transportistas de carnes y granos regularicen las multas

A través de la Resolución 75/2022, publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno aprobó el “Régimen de Facilidades para el Pago de las Multas”. Con esta medida, se establecen beneficios para que los transportistas de carnes y granos puedan regularizar sus deudas por infracciones. 

Esta Resolución rige para las infracciones a la Ley Nº 21.740 y sus modificaciones (relacionadas con el transporte de carne), y al Decreto-Ley Nº 6.698 de fecha 9 de agosto de 1963 (enfocada en el traslado de granos). La Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca será la encargada de conceder o rechazar estas facilidades de pago para los infractores. 

Para acceder al Régimen de Facilidades para el pago de estas multas, se deberá presentar -a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) y dentro de los veinte días hábiles posteriores a la notificación de la disposición sancionatoria y/o de la resolución que la confirme- una nota solicitando facilidades de pago dirigida a la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario. 

El beneficio otorga facilidades para el pago en hasta diez cuotas mensuales, iguales y consecutivas, comprensiva cada una de capital e intereses compensatorios, calculados éstos con la tasa activa para descuentos de la cartera general de préstamos del Banco de la Nación Argentina. Tanto el importe de cada cuota como el del depósito del 30%, no podrán ser inferiores a los $100.000.

En caso de que el transportista no pueda afrontar las diez cuotas, podrá pedir plazos mayores presentando, a modo de garantía, un aval bancario y/o hipoteca y/o prenda sobre bienes de su propiedad. Si no se puede acceder a estos documentos, basta con que el afectado demuestre que la multa impuesta pone en riesgo la continuación de la explotación.

La falta de pago de una sola cuota implica la caducidad automática de los plazos. 



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