Ley de Emergencia Citrícola: requisitos para la obtención del Certificado de Beneficiario

Para su obtención, deberán cumplir con los siguientes requisitos acompañados por la documentación respaldatoria

Ley de Emergencia Citrícola: requisitos para la obtención del Certificado de Beneficiario
jueves 29 de diciembre de 2022

El Ministerio de Desarrollo Productivo informó que se encuentra habilitada la inscripción para obtener el Certificado de Beneficiario de la Ley N° 9.614, correspondiente a la emergencia Citrícola contemplada en la norma.

Para su obtención, deberán cumplir con los siguientes requisitos acompañados por la documentación respaldatoria. A saber:

 

  • CUIT
  • Apellido y nombre o denominación
  • Radicación de la actividad
  • Inscripción en Dirección General de Rentas
  • Padrones inmobiliarios propios destinados a la actividad
  • Padrón/Concesión para el pago de canon de riego
  • Inscripción en AFIP y declaración de actividad
  • Poder de administración (personas jurídicas)
  • Otros (RENSPA/Administración SENASA)
  • Los trámites correspondientes deberán iniciarse mediante expediente, que debe ser tramitado ante la Dirección de Agricultura (cita en calle Córdoba 1.035, San Miguel de Tucumán), en horario de 8 a 12.30.

Se adjunta modelo de nota de presentación para los interesados: Link 

 



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