El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) actualizó la normativa que regula las playas de lavado y desinfección de vehículos dedicados al transporte de animales vivos, con el objetivo de fortalecer los estándares sanitarios y simplificar los procedimientos administrativos para los operadores del sistema.
La medida, publicada en el Boletín Oficial bajo la Resolución 806/2025, introduce una serie de cambios destinados a optimizar el registro de establecimientos y mejorar el cumplimiento de las normas de higiene y bioseguridad entre cargas.
Entre las principales modificaciones, SENASA dispuso la creación de un listado nacional de locales o playas de lavado, integrado por los establecimientos que prestan servicios de limpieza y desinfección de vehículos terrestres.
Para formar parte del registro, los titulares deberán completar y presentar una declaración jurada específica ante la oficina del organismo correspondiente a su jurisdicción. Este nuevo mecanismo reemplaza los requerimientos documentales y técnicos que antes se superponían con regulaciones municipales o provinciales, simplificando así los trámites sin afectar los niveles de control sanitario.
Los lavaderos que ya estén registrados tendrán un plazo de 90 días corridos desde la publicación de la resolución para adecuarse a la nueva normativa. En caso de cambio de titularidad, será necesario realizar una reinscripción.
Otro de los avances normativos es la creación del Certificado Único de Lavado y Desinfección (CULyD), que reemplazará los documentos anteriores y permitirá verificar en forma más segura y estandarizada las condiciones de higiene de los vehículos.
El CULyD tendrá una validez de 72 horas desde su emisión o hasta que el transporte realice una nueva carga de animales. Este certificado podrá emitirse en formato preimpreso hasta el 1 de abril de 2026, y a partir de esa fecha será obligatorio su uso digital a través del sistema SIGLAVA, que incorporará una codificación única y datos generados electrónicamente para garantizar autenticidad y trazabilidad.
El nuevo esquema entrará en vigencia el 1 de febrero de 2026, marcando un paso hacia la digitalización integral del sistema sanitario de transporte animal.
La actualización también contempla la posibilidad de que establecimientos ganaderos con lavaderos propios —debidamente registrados ante el SENASA— puedan ofrecer servicios de lavado y desinfección a terceros, siempre de manera optativa. En esos casos, dichos establecimientos estarán habilitados para emitir el CULyD, contribuyendo a ampliar la red de servicios disponibles en todo el país.
Con esta resolución, el SENASA busca simplificar los procesos de registro y reducir las barreras administrativas que afectaban a los operadores, sin descuidar la calidad sanitaria. La meta es consolidar un sistema más ágil, moderno y trazable, que garantice la limpieza y desinfección adecuada de los vehículos y minimice los riesgos de propagación de enfermedades.
De este modo, el organismo continúa reforzando su compromiso con la sanidad animal, la bioseguridad y la sostenibilidad del transporte agropecuario, pilares fundamentales para mantener la competitividad del sistema productivo argentino.