El Gobierno nacional oficializó la reglamentación del Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), un esquema destinado a promover inversiones productivas, generación de empleo y expansión de exportaciones en distintos sectores de la economía argentina. La medida fue publicada este 19 de mayo en el Boletín Oficial y establece los requisitos que deberán cumplir las empresas y entidades sin fines de lucro para acceder a beneficios fiscales vinculados con proyectos de inversión.
La normativa fue formalizada mediante la Resolución General Conjunta 5849/2026, firmada por la Secretaría de Energía, la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). El régimen fue creado a través de la Ley 27.802 y reglamentado por el Decreto 242/2026 como una herramienta orientada a impulsar la actividad económica, fortalecer cadenas de valor y mejorar la competitividad en sectores estratégicos.
Entre los principales incentivos contemplados por el RIMI se encuentran la amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias y la devolución anticipada de créditos fiscales del IVA para inversiones en bienes amortizables y obras productivas realizadas en el país. El objetivo oficial es facilitar nuevas inversiones nacionales y extranjeras en un contexto en el que distintos sectores reclaman mejores condiciones para financiar proyectos y ampliar capacidad productiva, informo Agritotal.
La reglamentación también introduce excepciones para determinadas actividades consideradas estratégicas. Según el texto oficial, las inversiones vinculadas con sistemas de riego, equipamiento de alta eficiencia energética, mallas antigranizo y bienes semovientes podrán acceder a los beneficios sin necesidad de cumplir con montos mínimos de inversión.
Desde el Gobierno sostienen que estas actividades son prioritarias por su impacto en la productividad y en el desarrollo regional, especialmente en el sector agropecuario.
El RIMI fue diseñado para captar inversiones medianas que históricamente quedaban fuera de los grandes programas de promoción económica. El esquema apunta principalmente a micro, pequeñas y medianas empresas, aunque también contempla la participación de asociaciones civiles, fundaciones, mutuales y otras entidades sin fines de lucro.
La reglamentación establece que las empresas interesadas deberán acreditar su condición de MiPyME mediante el correspondiente certificado vigente al inicio del ejercicio fiscal en el que se realice la primera inversión. Además, deberán estar registradas dentro de las categorías habilitadas en el sistema de ARCA.
El régimen contempla que las inversiones se ejecuten dentro de un plazo de dos años y permite computar beneficios fiscales vinculados con infraestructura productiva, adquisición de maquinaria y mejoras tecnológicas.
Uno de los puntos destacados es la posibilidad de acceder a la devolución de créditos fiscales del IVA, un reclamo histórico de distintos sectores productivos que enfrentan dificultades financieras al momento de realizar inversiones de capital.
La medida también busca estimular la incorporación de tecnologías vinculadas con la eficiencia energética y la modernización productiva, en línea con exigencias crecientes de competitividad internacional.
Toda la operatoria vinculada con el régimen será administrada a través del nuevo servicio web denominado Sistema de Gestión de Inversiones (SGI), que será implementado por ARCA.
La plataforma concentrará los trámites de inscripción, validación y seguimiento de proyectos de inversión. Según la normativa, el objetivo es agilizar procedimientos administrativos y centralizar la información vinculada con los beneficios fiscales.
Para el caso de las entidades sin fines de lucro, la resolución prevé un mecanismo específico de acreditación. Estas organizaciones deberán cumplir parámetros establecidos por la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, que será la encargada de informar a ARCA sobre la calificación correspondiente.
El sistema también incorpora mecanismos de verificación técnica para inversiones que no puedan clasificarse automáticamente dentro del régimen.
En esos casos, será necesario presentar informes elaborados por profesionales matriculados que certifiquen la naturaleza de la inversión y su encuadre dentro de las actividades promovidas.
En relación con obras productivas, los beneficiarios deberán acreditar el avance mediante documentación respaldatoria como facturas, certificados de obra, contratos e informes técnicos.
La reglamentación del RIMI llega en un contexto en el que el Gobierno busca incentivar inversiones privadas para sostener la actividad económica y fortalecer sectores exportadores.
Las áreas de energía y agroindustria aparecen entre las principales beneficiadas por el esquema, especialmente por la inclusión de equipamiento específico y mejoras productivas vinculadas con eficiencia y modernización.
En el caso del agro, la incorporación de beneficios para sistemas de riego y mallas antigranizo responde a demandas históricas de productores afectados por eventos climáticos y problemas de infraestructura.
También se busca estimular inversiones vinculadas con la producción ganadera mediante el reconocimiento de bienes semovientes dentro del régimen promocional.
Desde distintos sectores empresariales vienen reclamando desde hace años instrumentos que faciliten inversiones de escala media, especialmente para PyMEs que enfrentan dificultades para acceder al crédito y sostener procesos de expansión.
El nuevo esquema se presenta como una herramienta intermedia entre los grandes regímenes de promoción industrial y las políticas generales de financiamiento productivo.
La normativa también establece un esquema de control y fiscalización sobre las inversiones registradas.
ARCA verificará que las empresas no mantengan deudas líquidas y exigibles al momento de solicitar los beneficios fiscales. Además, tanto la Secretaría de Energía como la Secretaría de Agricultura podrán realizar auditorías para constatar el cumplimiento de las condiciones establecidas en el régimen.
En caso de detectarse incumplimientos, el organismo fiscal podrá exigir la devolución de beneficios otorgados, reclamar impuestos no ingresados, aplicar intereses resarcitorios y ejecutar sanciones previstas por la Ley 27.802.
La resolución lleva las firmas de la secretaria de Energía, María Carmen Tettamanti; del secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca, Sergio Iraeta; y del director ejecutivo de ARCA, Andrés Edgardo Vázquez.
Con esta reglamentación, el Gobierno busca poner en marcha una herramienta orientada a movilizar inversiones privadas en sectores considerados estratégicos, en un escenario donde la recuperación económica depende en gran medida de la capacidad de generar producción, empleo y exportaciones.