El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) puso en marcha una actualización del Plan Nacional de Control Integrado y Erradicación de la Garrapata del Bovino con el objetivo de fortalecer la prevención, el control y la eliminación de este ectoparásito en las distintas regiones del país. La medida fue oficializada este 22 de julio de 2026 mediante la Resolución 655/2026, publicada en el Boletín Oficial, y redefine las estrategias sanitarias de acuerdo con la realidad epidemiológica de cada provincia y departamento para proteger la producción ganadera y preservar las zonas libres de la enfermedad.
La nueva normativa introduce un esquema más flexible y adaptado a las distintas situaciones sanitarias que presenta el territorio argentino. En lugar de aplicar una estrategia uniforme, el organismo nacional establece diferentes categorías de intervención según el grado de presencia de la garrapata, con el propósito de optimizar los recursos disponibles y mejorar la eficacia de las acciones sanitarias.
La actualización representa un cambio importante en la política de control de uno de los principales ectoparásitos que afectan a la ganadería bovina. La presencia de garrapatas genera pérdidas económicas por la disminución de la productividad, deteriora la salud de los animales y favorece la transmisión de enfermedades que afectan al rodeo. Por ese motivo, el SENASA decidió adecuar el marco regulatorio a la situación epidemiológica actual y reforzar las herramientas de vigilancia y prevención.
Uno de los principales cambios incorporados por la resolución consiste en la clasificación del territorio nacional en tres zonas sanitarias, cada una con objetivos específicos y medidas diferenciadas.
La primera categoría corresponde a la Zona de Resguardo Sanitario (RS), integrada por los territorios considerados naturalmente libres de garrapata. En estas áreas, la prioridad será conservar el estatus sanitario mediante tareas permanentes de vigilancia epidemiológica, controles preventivos y acciones destinadas a impedir el ingreso del parásito desde regiones afectadas.
La segunda categoría es la Zona de Erradicación (E). Allí existen distintos niveles de infestación y conviven establecimientos libres con otros donde el ectoparásito continúa presente. El propósito será reducir progresivamente la prevalencia hasta alcanzar la eliminación completa de la garrapata mediante programas específicos de saneamiento y monitoreo.
La tercera clasificación corresponde a la Zona de Control Poblacional con Monitoreo Voluntario (C), donde la presencia de la garrapata tiene carácter endémico. En estas regiones el objetivo principal no será la erradicación inmediata, sino mantener bajo control la población del ectoparásito y evitar que avance hacia zonas actualmente libres.
Esta diferenciación permitirá diseñar políticas sanitarias ajustadas a la realidad de cada región, evitando aplicar medidas idénticas en contextos epidemiológicos completamente distintos.

La resolución también modifica la forma en que serán evaluados los establecimientos rurales alcanzados por el plan sanitario.
A partir de ahora, cada predio será clasificado teniendo en cuenta su ubicación geográfica, la estrategia sanitaria correspondiente a la zona donde se encuentra, su estatus frente a la enfermedad y, cuando corresponda, el grado de cumplimiento de los programas de saneamiento establecidos por el organismo.
En función de esa clasificación, cada establecimiento deberá aplicar procedimientos específicos de vigilancia, prevención o erradicación según el nivel de riesgo sanitario detectado.
Este enfoque busca ordenar las acciones de control y facilitar la planificación de las campañas sanitarias, permitiendo asignar recursos de manera más eficiente en las áreas donde resulten más necesarios.
Otro de los aspectos destacados de la actualización normativa es la incorporación de nuevas herramientas dentro del denominado Control Integrado de Garrapatas (CIG).
Además del uso de productos garrapaticidas, el SENASA promueve la utilización de estrategias complementarias orientadas a lograr un manejo más sustentable del problema sanitario.
Entre ellas se encuentra el control biológico, una alternativa que busca disminuir la población del ectoparásito mediante organismos naturales capaces de limitar su desarrollo, reduciendo la dependencia de tratamientos químicos.
La normativa también impulsa la incorporación de biotipos bovinos con resistencia natural a la garrapata, especialmente en las zonas donde el parásito permanece instalado de manera endémica.
Esta combinación de herramientas apunta a disminuir la presión de selección que favorece la aparición de poblaciones resistentes a los principios activos utilizados en los tratamientos tradicionales.
Uno de los cambios más relevantes establecidos por la Resolución 655/2026 es la incorporación obligatoria de bioensayos garrapaticidas, conocidos también como test de sensibilidad.
Estos estudios deberán realizarse en todos los establecimientos donde se detecten garrapatas en animales durante controles de tránsito o en el establecimiento de destino. También serán obligatorios para los predios ubicados en Zona de Erradicación que presenten focos considerados crónicos.
El objetivo de estos análisis es determinar si las poblaciones de garrapatas desarrollaron resistencia frente a los productos utilizados habitualmente para su control.
La información obtenida permitirá seleccionar tratamientos más eficaces y reducir el riesgo de que continúe expandiéndose la resistencia a los principios activos disponibles.
La nueva normativa también incorpora mayores responsabilidades para los titulares de establecimientos ganaderos y para los técnicos acreditados que intervienen en las tareas de inspección y predespacho de hacienda.
En las Zonas de Resguardo Sanitario, cualquier hallazgo de garrapatas deberá ser comunicado obligatoriamente al SENASA.
Además, los profesionales deberán fortalecer las tareas de vigilancia epidemiológica mediante controles sobre el ingreso de tropas provenientes de regiones donde el ectoparásito está presente.
Estas acciones buscan detectar rápidamente posibles focos antes de que logren establecerse en territorios actualmente libres, permitiendo una respuesta sanitaria inmediata.
La actualización del Plan Nacional se apoya sobre cuatro ejes estratégicos definidos por el organismo sanitario.
El primero consiste en prevenir el ingreso de la garrapata en las zonas libres del parásito mediante controles permanentes y vigilancia epidemiológica.
El segundo apunta a proteger la inocuidad de los alimentos de origen animal, evitando que el uso inadecuado de tratamientos comprometa la calidad de la producción ganadera.
El tercer objetivo busca frenar la expansión de la resistencia a los productos garrapaticidas, una problemática creciente que dificulta el control sanitario y aumenta los costos para los productores.
Finalmente, el cuarto pilar promueve el fortalecimiento del control integrado, incorporando alternativas biológicas y herramientas de manejo que permitan sostener resultados a largo plazo con menor impacto sanitario y ambiental.
Con esta actualización normativa, el SENASA procura adaptar la política sanitaria nacional a las condiciones actuales de la producción bovina y reforzar la capacidad de respuesta frente a uno de los principales desafíos sanitarios del sector. La diferenciación de estrategias por regiones, la incorporación de nuevas herramientas de control y el fortalecimiento de la vigilancia epidemiológica buscan reducir el impacto económico de la garrapata, preservar las áreas libres del ectoparásito y consolidar un sistema sanitario más eficiente para la ganadería argentina.