El Instituto Nacional de Semillas (INASE) dispuso nuevas exigencias para las plantas deslintadoras de semilla de algodón al establecer la implementación obligatoria de un sistema de control de acceso y seguimiento mediante imágenes, integrado a la plataforma Semilla Segura. La medida, oficializada a través de la Resolución 392/2026, publicada en el Boletín Oficial el 28 de julio, busca reforzar la trazabilidad de las semillas, optimizar los mecanismos de fiscalización y garantizar el cumplimiento de la Ley N.º 20.247 de Semillas y Creaciones Fitogenéticas.
La normativa establece que todas las plantas donde se realicen tareas de deslinte deberán instalar un sistema de captura de imágenes que permita registrar tanto el ingreso de la semilla como el proceso de toma de muestras que posteriormente serán analizadas por el organismo, segun informo Agroperfiles.
Los equipos deberán estar plenamente operativos antes del 30 de diciembre de 2026, fecha fijada por el INASE para completar la adecuación de los establecimientos alcanzados por la resolución.

Uno de los principales cambios introducidos por la norma es la incorporación obligatoria de un sistema de monitoreo visual en los accesos a las plantas deslintadoras.
Las cámaras deberán ubicarse en los puntos por donde ingrese la semilla destinada al procesamiento y estarán orientadas de manera que permitan registrar las patentes de todos los vehículos que accedan al establecimiento.
Además, el sistema deberá cubrir el sector donde se efectúe el muestreo de la semilla, con el objetivo de documentar cada una de las operaciones que posteriormente serán verificadas por el organismo.
El lugar de instalación de los equipos deberá contar con la aprobación previa del INASE, antes del inicio de las obras correspondientes.
Todo el sistema de monitoreo estará vinculado con la plataforma Semilla Segura, herramienta desarrollada por el organismo para fortalecer la trazabilidad y el seguimiento de las semillas durante las distintas etapas del proceso.
A partir de la entrada en vigencia de la resolución, el ingreso de semillas a las plantas deberá estar respaldado por un Documento de Tránsito Vegetal (DTV) o por una Carta de Porte (CP).
Cuando la carga no cuente con esa documentación, el operador deberá incorporar al sistema toda la información requerida por Semilla Segura para habilitar el procesamiento.
Asimismo, una vez finalizado el deslinte, la entrega de la semilla ingresada mediante remito comercial solo podrá concretarse con la autorización previa del organismo nacional.
La resolución también establece requisitos técnicos para garantizar el funcionamiento continuo del sistema de control.
Las cámaras deberán permanecer conectadas a la red eléctrica y contar con conectividad las 24 horas del día entre el 1 de abril y el 30 de diciembre de cada año, o durante todo el período en que la planta permanezca operativa y reciba material para procesar.
El suministro eléctrico deberá ser permanente.
En caso de producirse una interrupción superior a 24 horas, el responsable del establecimiento deberá comunicar la situación al INASE.
La notificación también será obligatoria cuando el corte responda a causas propias del operador, independientemente del tiempo previsto para restablecer el servicio.
Mientras tanto, el titular de la planta será responsable de preservar la alimentación eléctrica y la integridad física de las instalaciones.
Por su parte, la instalación, mantenimiento, conectividad y eventuales reparaciones del sistema estarán a cargo de Semilla Segura.
Las plantas alcanzadas por la resolución dispondrán de plazo hasta el 30 de diciembre de 2026 para completar la instalación de los equipos.
Una vez finalizados los trabajos, el organismo coordinará una inspección técnica destinada a verificar el cumplimiento de todos los requisitos establecidos.
Solo después de esa aprobación el sistema quedará habilitado oficialmente para su utilización.
La resolución también prohíbe el ingreso de semillas que no cuenten con un turno previamente registrado en Semilla Segura y con el correspondiente respaldo de imágenes.
El organismo verificará cada ingreso comparando la información declarada en la plataforma con los registros audiovisuales obtenidos por las cámaras.
Las inconsistencias detectadas podrán dar lugar a la aplicación de sanciones previstas por la normativa vigente.
Además del control sobre el ingreso de la mercadería, la resolución fortalece el sistema de muestreo oficial.
Cada carga procesada deberá generar dos muestras representativas, que quedarán a disposición del INASE para efectuar la identificación de la variedad vegetal registrada en el Registro Nacional de Cultivares.
Las muestras serán retiradas periódicamente por personal del organismo o por terceros expresamente autorizados.
Todo el procedimiento será administrado mediante la plataforma Semilla Segura, que asignará una codificación específica para identificar cada muestra obtenida.
Posteriormente, ese material podrá ser sometido a los análisis de laboratorio que el instituto considere necesarios para verificar el cumplimiento de la normativa.
La nueva resolución se inscribe dentro de la estrategia del INASE para fortalecer los mecanismos de fiscalización sobre la producción y circulación de semillas en el país.
La incorporación de registros audiovisuales permitirá complementar los controles documentales ya existentes y generar evidencia adicional sobre el movimiento del material procesado.
Asimismo, el sistema facilitará la verificación de la identidad varietal mediante el análisis de las muestras obtenidas en cada carga.
En caso de detectarse diferencias entre el material analizado y la información declarada, el organismo notificará tanto al titular de la variedad como al remitente de la semilla, con el fin de adoptar las medidas previstas por la legislación.
La implementación obligatoria del monitoreo por imágenes representa un nuevo paso en la digitalización de los procesos de control del sistema nacional de semillas. Con la integración entre las plantas deslintadoras y la plataforma Semilla Segura, el INASE busca fortalecer la trazabilidad, mejorar la capacidad de fiscalización y garantizar el cumplimiento de la Ley de Semillas, incorporando herramientas tecnológicas que permitan registrar en tiempo real el ingreso, procesamiento y muestreo de las semillas de algodón destinadas a la producción nacional.