El INASE y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) acordaron la implementación de una Carta de Porte de Semillas para unificar y digitalizar el traslado de simientes en todo el territorio argentino. El nuevo documento, establecido mediante la Resolución INASE N° 475/2026, publicada el 31 de agosto, comenzará a utilizarse de manera gradual desde el 1° de octubre de 2026 y será obligatorio para determinados movimientos de semillas a partir del 1° de diciembre. La medida busca mejorar la trazabilidad, evitar que la semilla sea confundida con grano comercial durante el transporte y simplificar los trámites para productores y empresas del sector.
El nuevo esquema surge de la integración de los sistemas informáticos de ambos organismos y establece un mecanismo común para identificar el material que circula como semilla desde la cosecha hasta las etapas posteriores de procesamiento y entrega.
Uno de los principales cambios será la incorporación de información específica sobre cada traslado. La Carta de Porte de Semillas deberá consignar obligatoriamente la especie, la variedad y el código de lote declarado en el Sistema de Gestión INASE.
De esta manera, el documento permitirá diferenciar durante el transporte un lote destinado a semilla de un cargamento de grano comercial, una distinción que tiene consecuencias tanto para la fiscalización de la actividad como para el tratamiento tributario de las operaciones.
La entrada en vigencia no será simultánea para todas las especies. El Gobierno estableció un cronograma progresivo para que el sector pueda adecuar sus sistemas y procedimientos.
La primera etapa comenzará el 1° de octubre de 2026. Desde esa fecha podrá utilizarse la Carta de Porte de Semillas para transportar semilla en proceso de fiscalización correspondiente a especies cuya producción granaria ya debe trasladarse obligatoriamente mediante carta de porte.
En una segunda etapa, desde el 1° de diciembre de 2026, el uso de la nueva documentación pasará a ser obligatorio para el traslado de semilla en proceso de fiscalización de aquellas especies cuya declaración en el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA) se realiza con apertura por variedad.
Para esas especies, a partir de diciembre dejará de ser válido el traslado mediante el formulario Anexo I de la Resolución INASE N° 52/09, que hasta ahora funcionaba como documentación para el transporte de semillas en proceso de fiscalización.
El cambio, por lo tanto, no implica la desaparición inmediata de toda la documentación anterior. Para aquellas especies que no estén incluidas en este primer esquema de implementación, continuará utilizándose el formulario Anexo I de transporte de semillas en proceso de fiscalización.
La diferenciación por etapas busca facilitar la transición del sistema vigente hacia el nuevo mecanismo digital.
Uno de los puntos centrales de la nueva herramienta es la identificación precisa del material transportado.
La Carta de Porte de Semillas deberá incluir tres datos considerados esenciales para establecer la trazabilidad del lote: especie, variedad y código de lote declarado en el Sistema de Gestión INASE.
La incorporación de estos datos permitirá asociar el material físico que circula con la información registrada previamente ante el organismo de control.
El objetivo es que la semilla pueda mantenerse identificada como tal durante las distintas etapas de la cadena. Esto resulta particularmente relevante cuando el material se encuentra en proceso de fiscalización y todavía debe atravesar instancias de procesamiento, análisis o entrega.
El sistema también busca ordenar la información vinculada con las operaciones comerciales. Al contar con datos integrados entre INASE y ARCA, los organismos podrán acceder a la información necesaria para sus respectivas tareas de control.
La digitalización permitirá, además, reducir la necesidad de presentar documentación diferenciada ante distintos organismos cuando la información requerida pueda intercambiarse de manera automática.
La Resolución INASE N° 475/2026 formalizó el acuerdo alcanzado entre ambos organismos para implementar la nueva herramienta.
El mecanismo se basa en la interoperabilidad de los sistemas informáticos de INASE y ARCA. Esto significa que los datos vinculados con la operación podrán intercambiarse entre ambas plataformas sin que el productor o la empresa tenga que duplicar determinados procedimientos.
El sistema está diseñado para que el flujo de información sea automático y permita formalizar las operaciones relacionadas con el movimiento de semillas.
Para el sector semillero, uno de los aspectos destacados es que la gestión de la nueva Carta de Porte será sin costo para productores y empresas.
La simplificación administrativa se suma así al objetivo de mejorar los controles. La intención del nuevo esquema es reducir la duplicación de trámites sin resignar información sobre el origen, la variedad y el destino del material transportado.
La identificación durante el transporte constituye uno de los principales motivos detrás de la implementación del nuevo documento.
La semilla y el grano comercial pueden presentar características físicas similares, pero cumplen funciones diferentes dentro de la cadena agroindustrial y están sujetos a distintos controles y obligaciones.
En ese contexto, contar con un documento específico permite dejar asentado que el material transportado corresponde a semilla en proceso de fiscalización y vincularlo con un lote determinado dentro del sistema oficial.
La medida también apunta a evitar inconsistencias en el tratamiento de las operaciones desde el punto de vista fiscal. Al quedar identificado el material y su condición dentro del circuito semillero, se facilita el trabajo de los organismos encargados de controlar las obligaciones tributarias correspondientes.
Según la información oficial, la integración con ARCA permitirá que el sistema acompañe el tratamiento de conceptos como IVA, retenciones y percepciones, al tiempo que mejora la trazabilidad de las operaciones.
El objetivo es que la documentación que acompaña físicamente al cargamento y los registros digitales de los organismos públicos formen parte de un mismo circuito de información.
Para los actores que participan del traslado de semillas, el cambio principal estará en la documentación utilizada para respaldar el movimiento de determinados lotes.
Durante septiembre continuará el esquema vigente. Desde octubre, en cambio, comenzará la primera etapa de utilización de la nueva Carta de Porte de Semillas.
La obligatoriedad llegará en diciembre para las especies alcanzadas por la segunda etapa del cronograma. En esos casos, ya no podrá utilizarse el formulario Anexo I de la Resolución INASE N° 52/09 como respaldo del traslado.
Las empresas y productores deberán, por lo tanto, adecuar sus procedimientos para generar y utilizar la nueva documentación dentro de los plazos establecidos.
Para las especies que queden fuera del esquema inicial, no habrá una modificación inmediata. En esos casos seguirá vigente el formulario de transporte actualmente utilizado.
El carácter gradual de la implementación busca que el sector pueda adaptarse al nuevo sistema sin trasladar de manera simultánea todos los movimientos de semillas hacia el nuevo mecanismo.
La implementación de la Carta de Porte se suma a otros procesos de digitalización y modernización de los mecanismos de control vinculados con las semillas.
La posibilidad de vincular cada traslado con una especie, una variedad y un lote declarado aporta información para reconstruir el recorrido del material dentro de la cadena.
Ese registro puede resultar relevante tanto para las tareas de fiscalización como para el seguimiento de los materiales comercializados y la protección de los derechos asociados a las variedades vegetales.
La trazabilidad también permite establecer una conexión entre diferentes momentos de la actividad: la producción, la cosecha, el traslado, el procesamiento y la entrega del material.
El nuevo esquema busca que esa información permanezca asociada al lote durante el circuito y que los organismos públicos puedan consultar los datos necesarios para verificar las operaciones.
A su vez, la interoperabilidad entre INASE y ARCA apunta a disminuir la carga administrativa que implica informar una misma operación a distintos organismos.
El calendario establecido por INASE fija dos fechas clave.
1° de octubre de 2026: comienza la utilización de la Carta de Porte de Semillas para los traslados de semilla en proceso de fiscalización de las especies cuya producción granaria se encuentra alcanzada por la obligación de utilizar carta de porte.
1° de diciembre de 2026: el documento pasa a ser obligatorio para las especies cuya declaración en SISA se realiza con apertura por variedad. Para esos casos, deja de tener validez el Anexo I de la Resolución INASE N° 52/09 como documentación de traslado.
Para las especies que no forman parte del esquema inicial, continuará vigente el formulario correspondiente hasta que se establezca su incorporación al nuevo sistema.
La implementación de la Carta de Porte de Semillas representa así un cambio en la forma de documentar el movimiento de simientes en Argentina. El sistema combina identificación varietal, información de lotes e intercambio automático de datos entre organismos públicos.
El desafío inmediato para productores, empresas semilleras y demás operadores será adecuarse al cronograma establecido y distinguir qué especies quedan alcanzadas por cada etapa.
Para el Estado, el nuevo mecanismo busca concentrar en una herramienta digital información que hasta ahora podía encontrarse distribuida entre distintos documentos y sistemas. Para el sector, la expectativa está puesta en que esa integración reduzca trámites y permita contar con un procedimiento uniforme para el traslado de semillas.
La medida establece, en definitiva, un nuevo esquema para acompañar la circulación de semillas fiscalizadas con información digital vinculada al lote y a la variedad. La integración entre INASE y ARCA permitirá que los controles sobre trazabilidad y aspectos fiscales se apoyen en una misma operación registrada, con una implementación que comenzará en octubre y avanzará hacia la obligatoriedad para determinados grupos de especies desde diciembre de 2026.