ortezuelo del Viento representa el futuro: el manejo del agua, de la energía limpia y la generación de trabajo genuino”. Así lo aseguró el superintendente general de Irrigación, Sergio Marinelli, quien además sostuvo: “Que no nos mientan con falsos temores sobre el manejo del agua en Portezuelo del Viento: está todo escrito y aprobado por el COIRCO”.
Para demostrar esto, a través de su red social Twitter, Marinelli dio a conocer un documento en el que muestra que el mismo organismo aprobó, a través de actas firmadas por el Comité Ejecutivo, el Plan de Llenado y de Manejo de Portezuelo del Viento, en 2017.
“Mendoza es oasis en el desierto producto del trabajo, de la buena administración del agua mediante nuestros diques y nuestro sistema de riego. No hay Mendoza ni futuro sin esto”, remarcó Marinelli.
El “Procedimiento para el primer llenado del embalse Portezuelo del Viento” fue aprobado por el Comité Ejecutivo de COIRCO, mediante Acta 812 del 2 de marzo 2017 (Anexo IV).
Se aprueba con los votos positivos de Buenos Aires, Neuquén, Río Negro y Mendoza.
Se establece que el COIRCO será el Órgano de Control del “Procedimiento para el primer llenado del embalse Portezuelo del Viento”.
• Se requiere un volumen anual en Buta Ranquil mayor a 3.000 hm3.
• Si el volumen anual en Buta Ranquil es menor a 3.000 hm3, se destina el 100% del agua a satisfacer las demandas hídricas de la cuenca.
• Si la cota de Casa de Piedra es superior a 278,00 m s.n.m. o 100% del excedente sobre 3.000 hm3 se destinan a llenar Portezuelo del Viento.
• Si la cota de Casa de Piedra es inferior a 278,00 m s.n.m. o 60% del excedente sobre 3.000 hm3 se destinan a llenar Portezuelo del Viento o 40% del excedente sobre 3.000 hm3 se destinan a Casa de Piedra hasta alcanzar la cota 278 m s.n.m., cuando se destinará el 100% del excedente a Portezuelo del Viento.
Las “Normas de Manejo del Embalse Portezuelo del Viento” fueron aprobadas por el Comité Ejecutivo de Coirco mediante Acta 814 del 4 de abril 2017 (Anexo IV).
Se aprueba con los votos positivos de Buenos Aires, Neuquén, Rio Negro y Mendoza.
Se establece que el COIRCO será la Autoridad de Aplicación de las “Normas de Manejo del Embalse Portezuelo del Viento”.
El COIRCO fiscalizará el cumplimiento del Programa Único de Distribución de Caudales y Habilitación de Áreas de Riego en el Río Colorado y la implementación de los planes de operación y mantenimiento de las obras de regulación de acuerdo a lo previsto en su estatuto.
El COIRCO establecerá y comunicará al Operador del embalse y al Departamento General de Irrigación de la Provincia de Mendoza las instrucciones para la operación, en el marco de las presentes normas de manejo de agua.