El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación decretó la prórroga de la emergencia agropecuaria en la provincia de Chaco para todas las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por las sequías. La vigencia de la resolución tomada por el Ministerio será de 180 días contados a partir del 31 de marzo de este año.
Por otro lado, Agricultura también publicó la resolución oficial que declara la emergencia y/o desastre agropecuario para el sector olivícola catamarqueño. En este caso, el período de duración es de un año y se computa como fecha de inicio el 15 de enero de 2021. El sector olivícola fue afectado seriamente por heladas tardías y temperaturas extremas, causándole daños irreversibles. A diferencia de Chaco, en Catamarca este estado no rige para toda la provincia, sino que abarca a las localidades de Andalgalá, Huaco y Malli del Departamento Andalgalá; Localidades de Pomán y Saujil del Departamento Pomán; Localidades de Anillaco, Banda de Lucero, Copacabana, El Puesto y El Salado del Departamento Tinogasta.
Ambas resoluciones explican que, para recibir los beneficios incluidos en la ley 26.509, que pueden ser créditos, subsidios o beneficios impositivos, “los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos”.
Finalmente, para que esto se operativice, desde el Ministerio informaron que “los gobiernos provinciales remitirán a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarias, el listado de los productores afectados, acompañando copia del certificado de emergencia emitido por la autoridad provincial competente”.
El Agrario