Por Agroempresario.com
En una medida que promete simplificar procesos, reducir costos y fortalecer la inserción internacional del vino argentino, el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) aprobó la Resolución 20/2025, publicada en el Boletín Oficial el pasado 6 de junio. Esta normativa actualiza los criterios de importación de productos vitivinícolas y propone un régimen más ágil, especialmente con países que comparten estándares técnicos con Argentina.
El nuevo marco regulatorio elimina requisitos considerados redundantes para ciertos orígenes, agiliza controles en puertos y establecimientos habilitados, y se alinea con los estándares internacionales en prácticas enológicas y rotulado. El impacto directo se percibirá en la cadena logística, en los costos operativos y en la fluidez del comercio exterior.
Uno de los ejes centrales de la Resolución 20/2025 es la eliminación del certificado analítico obligatorio para productos vitivinícolas provenientes de países con acuerdos enológicos vigentes con Argentina. Esta medida se aplica a naciones que comparten criterios técnicos equivalentes, como los miembros de la Unión Europea, Chile o Nueva Zelanda, entre otros.
En esos casos, bastará con una declaración jurada digital de importación, mientras que el resto de los países deberá seguir presentando certificados analíticos oficiales, con datos como grado alcohólico, acidez, azúcar, metanol y anhídrido sulfuroso. Así, se flexibiliza el proceso sin poner en riesgo la trazabilidad ni la calidad de los productos importados.
Desde el punto de vista operativo, la nueva normativa representa un avance significativo en la simplificación de la logística vinculada al comercio vitivinícola. Al reducir la documentación obligatoria y evitar inspecciones duplicadas, se minimizan los tiempos de espera en aduanas y se optimiza el uso de los recintos aduaneros extendidos.
Esto permitirá que los vinos, especialmente los importados a granel, puedan ingresar directamente a establecimientos habilitados para su fraccionamiento y distribución. De este modo, se descongestionan los puertos tradicionales y se aprovecha mejor la infraestructura existente, mejorando la eficiencia en toda la cadena de valor.
Alineamiento internacional
Argentina forma parte de organismos internacionales como la Organización Internacional de la Viña y el Vino (OIV) y el Grupo Mundial de Comercio del Vino. En este contexto, la resolución reconoce los controles realizados por autoridades extranjeras competentes, promoviendo el reconocimiento mutuo de prácticas y certificaciones.
Esta armonización normativa no solo facilita las importaciones, sino que también fortalece el posicionamiento del país como un actor confiable en el comercio global de vinos, capaz de adaptarse a las exigencias del mercado sin resignar sus estándares de calidad.
Otro aspecto clave de la normativa es la actualización de los requisitos de rotulado. Ahora, los productos importados deberán cumplir con los mismos criterios que los nacionales, pero sin necesidad de incluir el número de análisis de libre circulación. Solo se exigirá el número de lote y los datos del importador, lo que representa un alivio burocrático sin perder trazabilidad.
En caso de importaciones sin certificado de origen, el INV podrá requerir la toma de una muestra de control en el establecimiento receptor, garantizando así la seguridad y conformidad de los productos que ingresan al mercado.
La Resolución 20/2025 también se enmarca en un proceso más amplio de integración económica. Argentina ya ha firmado acuerdos de libre comercio con la Unión Europea que incluyen disposiciones específicas sobre comercio de vinos, y continúa avanzando en negociaciones similares con otros países y bloques económicos.
Este nuevo marco normativo representa un paso concreto hacia la modernización del sistema regulatorio vitivinícola argentino y facilita su incorporación a cadenas globales de valor. La medida beneficia a bodegas, importadores, operadores logísticos y consumidores, al garantizar productos seguros y procesos más simples y rápidos.