La Resolución nro. 17/2022 indica que se establece en 70 mil toneladas la captura total permisible de la especie Merluccius hubbsi en la Zona Común de Pesca para el año entrante.
De la captura total permisible se habilitan para la pesca 65 mil toneladas, en tanto que se fijó una reserva administrativa de hasta 5 mil toneladas, que la Comisión podrá habilitar a través de una nueva Resolución fundada.
En tanto que la Resolución nro. 18/2022 que lleva la firma de Marian Inés Llorente y Zapicán Bonino Cola, presidentes de la Comisión Técnica Mixta por nuestro país y por el Uruguay respectivamente, indica que se prohíbe desde el 1 de enero próximo hasta el 31 de marzo de 2023, la pesca de la Merluccius hubbsi, como así también la utilización de todo tipo de artes de pesca de fondo en el sector de la Zona Común de Pesca delimitado por los siguientes puntos geográficos:
35°38’S – 53°20’W
35°46’S – 52°51’W
36°50’S – 54°35’W
36°40’S – 54°42’W
En tanto se prohíbe en el sector mencionado el uso de redes de media agua en horario nocturno, considerándose como una transgresión grave a la Resolución su utilización.
Por otra parte, la tercera de las Resoluciones publicadas en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay, indica que se fija en 80 mil toneladas la captura total permisible de la especie Engraulis anchoíta para el año 2023 en la Zona Común de Pesca, considerando la necesidad de contribuir a la conservación y racional explotación de la especie.
La Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo dispuso de la información necesaria para establecer una captura total permisible sostenible del recurso en la Zona Común de Pesca, argumentando además que las Resoluciones 8/04 y 14/14 de esta comisión, establecieron medidas de manejo a fin de regular el esfuerzo pesquero atento a la alta variabilidad de su biomasa.
Indican también que la Engraulis anchoita tiene un papel ecológico considerado clave dentro del ecosistema de la región, por ser alimento de las principales especies de interés comercial, del mismo modo que las especies integrantes de la megafauna que habitan la Zona Común de Pesca.
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