El Instituto Nacional de Semillas (INASE) y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) avanzaron con un nuevo sistema para el traslado de semillas fiscalizadas que modificará el esquema de documentación utilizado por productores y empresas del sector. La medida, formalizada mediante la Resolución INASE N° 475/2026, crea la Carta de Porte de Semillas digital, que comenzará a utilizarse de manera válida y optativa desde el 1° de octubre de 2026 y será obligatoria desde diciembre para determinadas especies.
El cambio alcanza al transporte de material de siembra en proceso de fiscalización y busca unificar la información necesaria para identificar cada carga y mejorar su trazabilidad durante el traslado. El nuevo mecanismo integrará las plataformas informáticas de INASE y ARCA, con intercambio de datos en tiempo real, y permitirá reemplazar progresivamente la documentación que se utilizaba para acreditar el movimiento de semillas.
La implementación será gradual. Desde el 1° de octubre estará habilitado el uso del nuevo documento para determinadas especies cuya producción granaria ya requiere carta de porte para circular. Luego, a partir del 1° de diciembre, la utilización será obligatoria para las semillas en fiscalización de todas aquellas especies cuya declaración en el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA) se realice con apertura por variedad.
Para las especies que todavía no queden incluidas en esta primera etapa continuará vigente, de manera provisoria, el formulario conocido como Anexo I de la Resolución INASE N° 52/09.
Uno de los principales objetivos del nuevo documento es evitar que una carga de semilla pueda confundirse durante su traslado con un envío de grano destinado al mercado comercial.
Para eso, el sistema incorporará tres datos centrales: especie, variedad y código de lote.
La identificación de esos elementos permitirá relacionar la mercadería que circula por las rutas con la información declarada previamente en los registros del INASE.
El código de lote tendrá un papel central dentro de la trazabilidad, porque permitirá vincular el material transportado con su origen y con la información registrada por los operadores de la cadena.
El nuevo esquema busca que la condición de semilla pueda mantenerse identificada desde el momento de la cosecha en el lote de origen, durante el traslado y hasta su llegada a la planta de procesamiento o al destino comercial correspondiente.
De esta manera, la documentación deja de funcionar solamente como una autorización para transportar material y pasa a formar parte de un sistema más amplio de seguimiento.
La medida también apunta a resolver una diferencia que puede generar dificultades en la logística agropecuaria: una misma especie puede circular como grano comercial o como semilla destinada a la siembra, con requisitos y destinos diferentes.
La incorporación de información específica sobre variedad y lote permite establecer con mayor precisión qué tipo de mercadería se está trasladando.
Uno de los aspectos centrales del nuevo sistema será la interconexión de las plataformas informáticas de INASE y ARCA.
El objetivo es que ambos organismos puedan intercambiar información de manera automática para formalizar el tránsito de las semillas y reducir la necesidad de realizar trámites separados.
La digitalización permitirá que los datos vinculados con la mercadería puedan ser procesados dentro de un mismo circuito documental.
Para las empresas de la cadena semillera, el nuevo procedimiento será gratuito y estará disponible como herramienta para registrar el movimiento del material fiscalizado.
La integración también apunta a reducir las superposiciones que existían entre los documentos utilizados para el traslado de semillas y aquellos correspondientes al movimiento de granos.

En lugar de sostener circuitos paralelos, el sistema busca utilizar información común para identificar el producto y registrar su recorrido.
El cambio se inscribe en una estrategia de modernización de los procedimientos administrativos relacionados con el transporte de productos agropecuarios.
La normativa establece un calendario dividido en dos etapas.
La primera comenzará el 1° de octubre de 2026, cuando la Carta de Porte de Semillas digital podrá utilizarse de forma optativa y tendrá validez para el traslado de semillas en fiscalización correspondientes a las especies cuya producción de granos ya se encuentra alcanzada por la obligación general de utilizar carta de porte.
Durante este período, los operadores podrán comenzar a familiarizarse con el nuevo procedimiento antes de que pase a ser obligatorio.
El segundo momento llegará el 1° de diciembre de 2026. Desde esa fecha, el documento digital será obligatorio para el transporte de semillas en fiscalización de todas las especies cuya declaración en el SISA se realice con apertura por variedad.
Para esas especies dejará de utilizarse el formulario Anexo I establecido por la Resolución INASE N° 52/09.
La transición no será igual para todas las variedades. Aquellas especies agrícolas que no estén contempladas dentro de esta primera etapa continuarán utilizando provisoriamente el formulario anterior.
Por eso, productores, semilleros y demás operadores deberán verificar qué especies quedan incluidas en cada fase de la implementación.
La creación de la Carta de Porte de Semillas digital no elimina los controles sanitarios y registrales que ya se aplican a la actividad.
La implementación del nuevo documento mantiene vigentes distintos requisitos relacionados con la identificación de los establecimientos y productores.
Entre ellos se encuentra la necesidad de contar con una inscripción activa en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA) y mantener correctamente identificados a los titulares de los establecimientos involucrados.
También continuarán las inspecciones de constatación en planta y las pautas de bioseguridad correspondientes.
La digitalización, por lo tanto, modifica principalmente la forma de documentar y seguir el traslado del material de siembra, pero no elimina las exigencias sanitarias que deben cumplir los actores de la cadena.
El objetivo es incorporar mayor información al circuito electrónico sin alterar los controles técnicos que ya existen.
La nueva Carta de Porte también tiene una dimensión vinculada con la propiedad intelectual y la identidad varietal.
La identificación precisa de la especie, la variedad y el lote busca proteger la condición del material fiscalizado y evitar que se pierda su identificación durante las distintas etapas de la cadena.
El seguimiento desde la cosecha hasta la planta de procesamiento permite disponer de información sobre el origen y destino de una carga.
Para el sector semillero, contar con esa trazabilidad puede resultar relevante para preservar la identidad del material y facilitar los controles sobre su circulación.
Al mismo tiempo, la vinculación con ARCA permite ordenar los aspectos fiscales asociados al traslado y comercialización de los productos.
El sistema apunta así a reunir en un mismo circuito información que antes podía encontrarse distribuida entre diferentes documentos y organismos.
La nueva herramienta tendrá impacto sobre los distintos actores que participan en el movimiento de semillas: productores, semilleros, plantas de procesamiento y transportistas, de acuerdo con las operaciones alcanzadas por la normativa.
El principal cambio será la sustitución progresiva del soporte documental tradicional por una herramienta digital que permita identificar cada carga mediante datos específicos.
La primera fecha clave será el 1° de octubre, cuando comenzará la etapa optativa. La segunda llegará el 1° de diciembre, con la obligatoriedad para las especies alcanzadas por el nuevo esquema.
La reforma busca simplificar el circuito documental, pero también establecer un mecanismo de mayor precisión para seguir el recorrido de las semillas fiscalizadas.
Con la integración entre INASE y ARCA, el Gobierno apunta a que la información de las cargas pueda cruzarse de manera automática y que la identificación de la semilla se mantenga durante todo su recorrido.
El nuevo sistema representa así un paso hacia la digitalización de la trazabilidad del sector semillero, con un cronograma gradual que comenzará a aplicarse antes de finalizar 2026.